Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. (00566/2024)
Bases de la convocatoria para el acceso a una plaza de Encargado de Obras y Limpieza Viaria, por sistema de promoción interna, mediante concurso-oposición, correspondiente a la oferta de empleo público 2022 del Ayuntamiento de La Zarza
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Ayuntamiento de La Zarza

Anuncio 566/2024

expresada en horas. No considerándose aquellos que se hayan impartido en el seno de una prestación de
servicios que se haya puntuado en el apartado de experiencia profesional.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 2,00 puntos, lo que supone un 20% de la
puntuación total de la fase de concurso.
b) Fase de oposición.
Se realizarán dos ejercicios, todos ellos obligatorios y eliminatorios:
◦ Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 60 minutos, a un cuestionario
tipo test de 50 preguntas más 10 adicionales como reserva, con tres opciones de respuesta, siendo
únicamente una de ellas correcta, relacionadas con el temario anexo II parte general.
◦ Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de varios supuestos prácticos, a determinar por el Tribunal,
que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes, y que estén relacionados con
las materias del programa de la oposición, durante un tiempo de 60 minutos. Temario anexo II parte especial.
Octava.- Calificación de los ejercicios.
Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 5 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio siguiente el obtener un
mínimo de 2,5 puntos. La calificación de todos los ejercicios será expresada con dos decimales.
La calificación del primer ejercicio se realizará de conformidad con la fórmula aciertos – (errores/3), siendo necesario
obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas del examen, una vez aplicada la
fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna.
El segundo ejercicio será valorado por la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal con
derecho a voto. En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos, por exceso o por
defecto, de la media, serán eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. Para
considerar aprobado el ejercicio será necesario obtener una puntuación de, al menos, 2,5 puntos.
Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con
especificación de las puntuaciones obtenidas.
Novena.- Puntuación final.
A la puntuación obtenida en el concurso, se sumarán los puntos obtenidos en la fase de oposición, siempre que en ésta se
haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar, determinando de esta forma la puntuación final de cada
aspirante y el número de aprobados/as, que no podrá ser superior al de plazas convocadas. Ello sin perjuicio de lo dispuesto
en el último párrafo del artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo, 5/2015 de 30 de octubre. En ningún caso la puntuación
obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.
En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el
empate, se resolverá según el criterio que adopte el Tribunal, de conformidad con parámetros técnicos objetivos,
relacionados con el desarrollo de las pruebas.
Décima.- Relación de aprobados y presentación de documentos.
1.ª.- Relación de aprobados:
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá al aspirante seleccionado, por
orden de puntuación, y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente formulando la propuesta de nombramiento.
2.ª.- Presentación de documentos:
La persona propuesta para su nombramiento estará obligada a presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionadas, todos los documentos acreditativos de las condiciones
establecidas en la base segunda de esta convocatoria. Así como certificado médico de aptitud, que acredite poseer la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo a que se aspira.
Quien dentro del plazo indicado no presentase la documentación, o no reunieran los requisitos y condiciones exigidas en la
convocatoria, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser nombradas y quedarán automáticamente decaídos en sus
derechos, quedando sin efectos la totalidad de las actuaciones relativas a las mismas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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