Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros. (00554/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del uso de las instalaciones de la sala velatorio municipal
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Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros
Calzadilla de los Barros (Badajoz)
Anuncio 554/2024
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del uso de las instalaciones de la sala velatorio
municipal

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL USO DE LAS INSTALACIONES
DE LA SALA DE VELATORIO MUNICIPAL
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial (acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria celebrada, en primera convocatoria, en
fecha 21 de diciembre de 2023) aprobatorio de la aprobación de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del uso
de las instalaciones de la sala de velatorio municipal cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia competente en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL USO DE LAS INSTALACIONES
DE LA SALA DE VELATORIO MUNICIPAL
* Modificación del artículo 4 cuota tributaria: La cuota tributaria queda fijada en 700,00 euros por cada uso, entendiéndose
por uso la utilización de las instalaciones municipales para el depósito y velatorio de un cadáver hasta su traslado al
cementerio o crematorio. No existen bonificaciones ni exenciones en dicha tarifa única, salvedad de argumentación
presentada que sea previamente aprobada por el órgano competente. La duración máxima de cada uso será de 2 días
naturales, no pudiendo superar dicho período de tiempo en ningún caso.
Calzadilla de los Barros, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María de Gracia Lucas Pinilla.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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