Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Palomas. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (00502/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público del Ayuntamiento de Palomas
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Ayuntamiento de Palomas

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Palomas
Palomas (Badajoz)
Anuncio 502/2024
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público del
Ayuntamiento de Palomas

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO
PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE PALOMAS (BADAJOZ)
APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento, de fecha 18 de septiembre 2023, sobre aprobación de la
Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público del Ayuntamiento de Palomas (Badajoz),
cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE
PALOMAS
INDICE
Preámbulo.
Título I. Disposiciones generales.
Capítulo I. Finalidad, fundamentos legales y ámbito de aplicación.
Artículo 1. Finalidad de la Ordenanza.
Artículo 2. Fundamentos legales.
Artículo 3. Ámbitos de aplicación material y territorial.
Artículo 4. Ámbito de aplicación subjetiva.
Artículo 5. Competencia municipal.
Capítulo II. Derechos, deberes y fomento de la convivencia ciudadana y del civismo.
Artículo 6. Normas generales de convivencia ciudadana y civismo.
Artículo 7. Fomento de la convivencia ciudadana y del civismo.
Título II. Normas de conducta en espacios públicos.
Capítulo I. Degradación visual del entorno.
Artículo 8. Fundamento de la regulación.
Sección 1.ª. Conductas relacionadas con todo tipo de pintadas y otras expresiones gráficas.
Artículo 9. Normas de conducta.
Artículo 10. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 11. Intervenciones específicas.
Sección 2.ª. Pancartas, carteles, adhesivos y otros elementos similares.
Artículo 12. Normas de conducta.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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