Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00449/2024)
Programa de activación local de empleo
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Ayuntamiento de Valverde de Leganés

Anuncio 449/2024

Administrativos.
Técnicos y auxiliares de biblioteca.
Operarios de servicios múltiples (mantenimiento zonas verdes e instalaciones municipales).
Cocineros/as.
Monitores Deportivos.
Monitores-directores deportivos.
Monitores-coordinadores de Fútbol Base.
Enfermeros/as.
Gestores de Compras.
Técnicos Turismo.
Técnicos en Publicidad y RRPP.
Por ello, se cree conveniente crear una serie de bolsas extraordinarias de trabajo, cuya constitución y funcionamiento se
regirán por las bases que se vayan publicando durante el año en función de la necesidad y el momento de la contratación.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Badajoz, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Mérida, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer
el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.
Valverde de Leganés, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Borrego Rodríguez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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