Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00469/2024)
Decreto de modificación del Tribunal Calificador de la convocatoria de doce plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
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Decreto de modificación del Tribunal Calificador de la convocatoria de doce plazas de Agente de la Policía Local del
Ayuntamiento de Badajoz

Publicada con fecha 18 de enero de 2024, en el BOP de Badajoz número 13, la lista definitiva de aspirantes admitidos y el
nombramiento del Tribunal de la convocatoria pública para la provisión, con carácter de personal funcionario de carrera de
doce plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Badajoz, de las cuales nueve plazas se promoverán por el
sistema de oposición libre y tres plazas mediante el sistema de concurso de méritos, en turno de movilidad, de acuerdo con
las bases de la convocatoria publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 175, de 13 de septiembre de
2023, con corrección en el número 188, de 2 de octubre de 2023, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas, con
esta fecha,
HE RESUELTO:
Primero.- Modificar la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas de la convocatoria de
referencia, que quedará nombrado en los siguientes términos:
Donde dice:

"Vocal: Don Aniceto Rubiales Pardo.
Suplente: Don Alberto Rodríguez Márquez".

Debe decir:

"Vocal: Doña Lourdes María Píriz García.
Suplente: Doña Yolanda Rodríguez García".
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente modificación en la forma establecida en las
bases de la convocatoria.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación,
conforme a lo establecido en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso administrativo
ante el Juzgado de dicha Jurisdicción de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que
tenga lugar la presente publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen
procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, P.D. Decreto de 2 de febrero de 2024.- El Teniente de Alcalde cuarto Delegado
de RR. HH., Eladio Buzo Corzo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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