Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00435/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Administrativo, personal funcionario, en el turno libre por el sistema de oposición, para el Ayuntamiento de La Zarza
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Ayuntamiento de La Zarza

Anuncio 435/2024

Capítulo I (Órgano de contratación). Capítulo II (Capacidad y solvencia del empresario).
Tema 38.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Libro primero, Título III (Objeto, presupuesto base
de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión): Capítulo I (normas generales).
Tema 39.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Preparación y adjudicación de los contratos de las
Administraciones Públicas. (Libro segundo Título I. Capítulo I. Sección 1.ª y Sección 2.ª).
Tema 40.- Régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Local: Ley 53/1984, de 26 de
diciembre.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento dirección
https://aytolazarza.sedelectronica.es y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la
Alcaldía de este Ayuntamiento de La Zarza, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
La Zarza, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco José Farrona Navas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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