Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas (Montijo). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00431/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional "Súmate Vegas Bajas"
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Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas

Anuncio 431/2024

igualdad de trato entre mujeres y hombres informarán activamente la ejecución del presente programa, así como la
innovación y la iniciativa emprendedora. El número de participantes en cada especialidad formativa será de quince y el
número máximo de participantes por proyecto podrá establecerse en cada convocatoria de subvenciones a entidades
promotoras.
Podrán participar como alumnado/a-trabajador/a en estas acciones las personas desempleadas mayores de 18 años e
inscritas en los centros de empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, que cumplan los siguientes requisitos
contemplados en el Decreto 96/2016, de 5 julio:
El alumnado/a-trabajador/a tendrá derecho a recibir formación teórico-práctica de calidad en los términos establecidos en
este decreto y demás normativa que resulte de aplicación, siendo obligaciones del mismo seguir con aprovechamiento y
diligencia las enseñanzas recibidas, participar de manera activa tanto en los aspectos teóricos como de trabajo efectivo, y en
la evaluación y tutorización de las mismas así como asistir regularmente cumpliendo los horarios y normas que se estipulen
por la entidad promotora dentro de los límites fijados en este decreto y en el ordenamiento jurídico vigente. Por
aprovechamiento se entiende tanto la adecuada actitud en relación con el aprendizaje como el mantenimiento de actitudes
y comportamientos respetuosos con sus compañeros, personal de la entidad promotora, así como con los empleados
públicos encargados del seguimiento de las actividades formativas. En la determinación de los criterios de selección del
alumnado/a-trabajador/a se procurará la mayor adaptabilidad de las personas a seleccionar a las especialidades y a las
particulares circunstancias de dificultad de las mismas, la motivación, las posibilidades de inserción, la existencia de un
itinerario de inserción elaborado en un proceso de orientación que recomiende la participación en acciones de este tipo,
que no hayan participado previamente en programas de formación y empleo, no tener experiencia laboral, tener menor
nivel formativo, cumplimiento de los objetivos establecidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, las estrategias
Europea y Española de activación para el empleo, la estrategia de empleo de Extremadura y planes de empleo
consensuados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 1.El Reglamento de régimen interno será de aplicación a todo el personal trabajador del proyecto escuela profesional "
Súmate Vegas Bajas" sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula el programa, el estatuto Básico del
Empleado Público, el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación aplicable. Su efectividad se hará extensiva a todo el
periodo del contrato. La finalidad del presente Reglamento de régimen interno es recoger con claridad y precisión el
conjunto de normas que regulan el funcionamiento del proyecto para su conocimiento y aplicación. La competencia del
cumplimiento de este Reglamento corresponde a la entidad promotora, y dentro del ámbito de las competencias asignadas
por la misma al equipo directivo y técnico del proyecto, personal de apoyo y alumnado trabajador de las tres especialidades.
Artículo 2.Integrarán el Proyecto los siguientes miembros:
45 alumnos-as trabajadores-as (15 por especialidad).
1 Directora.
1 Coordinadora de Formación.
1 Gestor/a.
1 técnico de tutorización/acompañamiento.
2 Monitores/as de "Servicios de Bar y cafetería".
2 Monitores/as de "Pintura decorativa en construcción"
2 Monitores/as de "Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales".
1 auxiliar administrativo.
Cualquier personal contratado para la impartición de acciones formativas.
Con la divulgación del presente documento, entendido como una propuesta de mínimos, se pretende conseguir la
interiorización de unas normas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de quienes
integran el programa. El Reglamento de régimen interno será de aplicación a los beneficiarios del programa.
Su efectividad se hará extensiva desde el inicio del proceso formativo y posibilitará el eficaz funcionamiento del programa.
Artículo 3.- Funciones.
Director-a:
Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a través del correcto tratamiento,
la transmisión de la información, el seguimiento y la evaluación del desempeño profesional.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: Previsión, elaboración, y control
presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo de las actividades, así como de las cantidades
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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