Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00365/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el programa de formación en alternancia con el empleo de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Valdetorres-Guareña 2023"
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 365/2024

Artículo 11.- Derechos.
Los que a continuación se desarrollan:
a) Que se respete su dignidad personal.
b) Al respeto a su intimidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza
sexual.
c) Respeto a su conciencia cívica o moral.
d) Recibir una formación conforme a los objetivos de este proyecto de escuela profesional dual de empleo y a
las necesidades y posibilidades personales de cada alumno-trabajador.
e) Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
f) Recibir información y orientación sobre su rendimiento.
g) Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material de la E.P.D. "Valdetorres-Guareña
2023" para los fines que le son propios.
h) Disponer de ropa laboral y utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas
de seguridad e higiene en el trabajo.
i) A su integridad física y una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.
j) Elegir sus delegados y representantes ante los distintos órganos del proyecto de formación profesional.
k) Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen oportunas, bien a título
personal o a través de sus delegados.
l) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o
políticas, disminución física… según lo establecido en la Ley.
m) A la percepción de la remuneración legalmente establecida, así mismo el trabajador al tener contrato
temporal, podrá solicitar de manera excepcional dos anticipos de salario a cuenta de las nóminas pendientes
de pago, y siempre que dicho anticipo de salario haya sido trabajado.
n) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones legales.
o) Reunirse en el Centro para tratar temas de carácter formativo, laboral, siempre que no perturbe el
desarrollo normal de las actividades docentes, comunicándolo con anterioridad al equipo técnico del
Proyecto.
p) Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo de
acuerdo con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 12.- Deberes.
Los que a continuación se relacionan:
a) Respetar las normas de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo.
b) Respetar la dignidad de todas las personas pertenecientes al proyecto, tanto equipo técnico como
alumnos-trabajadores, así como mantener una actitud cívica en todas las actividades dentro de la jornada
laboral.
c) Cumplir las órdenes e instrucciones del equipo técnico en el ejercicio regular de sus facultades, y de
personal autorizado para ello.
d) Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a todas las tareas que se realicen
durante la jornada.
e) Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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