Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Palomas. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00387/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 11/2023
3 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Palomas

Anuncio 387/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Palomas
Palomas (Badajoz)
Anuncio 387/2024
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 11/2023

APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta y misma área
de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales (€)

Económica
21200

Edificios otras construcciones

21900

Otro inmovilizado material
Total:

Transferencia de crédito
(€)

Créditos finales (€)

7.500,00

4.000,00

11.500,00

15.000,00

12.000,00

27.000,00

22.500,00

16.000,00

38.500,00

BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales
(€)

Económica
12003

Sueldos del Grupo C1 (Policía Local)

12100

Transferencia de
crédito (€)

Créditos finales (€)

18.100,00

4.000,00

14.100,00

Complemento destino (Policía
Local)

8.375,00

3.500,00

4.875,00

12101

Complemento específico (Policía
Local)

7.916,00

5.000,00

2.916,00

16000

Seguridad Social (Policía Local)

12.600,87

3.500,00

9.100,87

46.991.87

16.000,00

30.991,87

Total:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Palomas, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Rubén Martín Calderón.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3