Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Palomas. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00387/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 11/2023
3 páginas totales
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Ayuntamiento de Palomas
Anuncio 387/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Palomas
Palomas (Badajoz)
Anuncio 387/2024
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 11/2023
APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta y misma área
de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales (€)
Económica
21200
Edificios otras construcciones
21900
Otro inmovilizado material
Total:
Transferencia de crédito
(€)
Créditos finales (€)
7.500,00
4.000,00
11.500,00
15.000,00
12.000,00
27.000,00
22.500,00
16.000,00
38.500,00
BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
(€)
Económica
12003
Sueldos del Grupo C1 (Policía Local)
12100
Transferencia de
crédito (€)
Créditos finales (€)
18.100,00
4.000,00
14.100,00
Complemento destino (Policía
Local)
8.375,00
3.500,00
4.875,00
12101
Complemento específico (Policía
Local)
7.916,00
5.000,00
2.916,00
16000
Seguridad Social (Policía Local)
12.600,87
3.500,00
9.100,87
46.991.87
16.000,00
30.991,87
Total:
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Palomas, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Rubén Martín Calderón.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 11/2023
APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta y misma área
de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales (€)
Económica
21200
Edificios otras construcciones
21900
Otro inmovilizado material
Total:
Transferencia de crédito
(€)
Créditos finales (€)
7.500,00
4.000,00
11.500,00
15.000,00
12.000,00
27.000,00
22.500,00
16.000,00
38.500,00
BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
(€)
Económica
12003
Sueldos del Grupo C1 (Policía Local)
12100
Transferencia de
crédito (€)
Créditos finales (€)
18.100,00
4.000,00
14.100,00
Complemento destino (Policía
Local)
8.375,00
3.500,00
4.875,00
12101
Complemento específico (Policía
Local)
7.916,00
5.000,00
2.916,00
16000
Seguridad Social (Policía Local)
12.600,87
3.500,00
9.100,87
46.991.87
16.000,00
30.991,87
Total:
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Palomas, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Rubén Martín Calderón.
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www.dip-badajoz.es/bop
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