Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. (00372/2024)
Resolución de la convocatoria y constitución de bolsa de Monitores de Yoga
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Puebla de la Calzada (Badajoz)
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Resolución de la convocatoria y constitución de bolsa de Monitores de Yoga

Mediante resolución de Alcaldía número 2024-0073, de fecha 30 de enero de 2024, se resolvió la convocatoria y se
constituyó una bolsa de Monitores/as de Yoga mediante sistema de concurso-oposición, en el Ayuntamiento de Puebla de la
Calzada, con el tenor literal siguiente:
"Vista la resolución de Alcaldía número 2023-1114, de fecha 28 de noviembre de 2023, por la que se
aprobaron las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de Monitores/as de Yoga, mediante
concurso-oposición, en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada.
Visto el acta del Tribunal de fecha 22 de enero de 2024, y siendo que no ha habido reclamaciones a la misma,
los resultados se han elevado a definitivos, procediendo la constitución de la correspondiente bolsa.
Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
RESUELVO:
Primero. Constituir una bolsa de Monitores/as de Yoga con el fin de atender futuras necesidades, con el
siguiente orden:

Orden

DNI

1

***4043**

Apellidos y nombre
Juan Moreno, María Dolores

Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y la sede electrónica de este Ayuntamiento,
https://puebladelacalzada.sedelectronica.es, la lista de espera.
Tercero. Dar cuenta al pleno de la presente resolución en la primera sesión que celebre".
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación,
conforme a lo establecido en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo
ante el juzgado de dicha jurisdicción de Badajoz, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga
lugar la presente publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen
procedente.
En Puebla de la Calzada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan María Delfa Cupido.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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