Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. (00376/2024)
Aprobación definitiva de expedientes de modificación de crédito
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre

Anuncio 376/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Villagarcía de la Torre (Badajoz)
Anuncio 376/2024
Aprobación definitiva de expedientes de modificación de crédito

En cumplimiento de los artículos 169.1 y 169.3, por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado
alegaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo los expediente números 1 y
4 de 2023, en la modalidad de suplemento de crédito, cuyo detalle es el siguiente.
1. Expediente 1/2023. Suplemento de crédito financiado con mayores ingresos y remanente de tesorería. Total del
expediente 14.988,66
* Altas en aplicaciones de gastos:

Aplicación presupuestaria

Descripción

Suplemento de crédito

1522 221

Suministros obras varias

8.000,00 €

338 226

Ocio y cultura

2.783,00 €

341 221

Fomento deporte

342 221

Cobertor piscina municipal

920 221 04

701,80 €
2.948,69 €

Vestuario

555,17 €

* Financiación:

Aplicación económica

Descripción

Euros

461.00

Subvención Diputación

3.548,69

450.01

Subvención CCAA

1.055,17

870.00

Remanente de tesorería

10.284,80

2.- Expediente 4/2023. Suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería.
* Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria
338.226

Denominación
Ocio y cultura

Suplemento de crédito
23.372,76 €

* Financiación

Aplicación económica
870.00

Descripción
Remanente de tesorería

Euros
23.372,76

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, del 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la referenciada jurisdicción. La interposición del recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad de acto acuerdo impugnado.
En Villagarcía de la Torre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Eduardo Martín Chávez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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