Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Arco. (00274/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria 19/2023 mediante transferencia de créditos entre distintas áreas de gastos
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Ayuntamiento de Fuente del Arco

Anuncio 274/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Arco
Fuente del Arco (Badajoz)
Anuncio 274/2024
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria 19/2023 mediante transferencia de créditos entre
distintas áreas de gastos

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el
plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha de 27 de diciembre de
2023, sobre el expediente de modificación de créditos número 19/2023, transferencias de créditos entre distintas áreas de
gasto que se hace público resumido por capítulos.

ESTADO DE GASTOS
Capítulos

Descripción

Importe (€)

Operaciones corrientes:
1

Gastos de personal

1.163.483,46

2

Gastos corrientes y servicios

3

Gastos financieros

4

Transferencias corrientes

453.855,10
1.300,00
17.978,73

Gastos de capital:
6

Inversiones reales

270.084,00

7

Transferencias de capital

0,00

8

Activos financieros

0,00

9

Pasivos financieros

Gastos financieros:
0,00

Total presupuesto de gastos:

1.906.701,29

ESTADO DE INGRESOS
Capítulos

Descripción

Importe (€)

Operaciones corrientes:
1

Impuestos directos

251.000,00

2

Impuestos indirectos

3

Tasas, precios públicos y otros ingresos

381.752,61

4

Transferencias corrientes

755.966,81

5

Ingresos patrimoniales

17.000,00

48.320,00

Ingresos de capital:
6

Enajenación de inversiones reales

7

Transferencias de capital

0,00
77.090,00

Ingresos financieros:
8

Activos financieros

375.571,87

9

Pasivos financieros

0,00

Total presupuesto de ingresos:

1.906.701,29

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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