Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Centro Especial de Empleo "Villa de Aceuchal". (00255/2024)
Delegación de competencias de Alcaldía a favor del Segundo Teniente de Alcaldía
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
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Delegación de competencias de Alcaldía a favor del Segundo Teniente de Alcaldía

Por decreto de Alcaldía de fecha 19 de enero actual, se ha resuelto lo siguiente:
"Dado que el abajo firmante Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento no va a poder ejercer las atribuciones que le
corresponden desde el día 25 al 27 de enero de 2024, por asuntos personales.
En base a lo dispuesto por los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 44 y
47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; y la atribución que me confiere el artículo 21.1 a) y r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
1.- Delegar las funciones y atribuciones propias de la Alcaldía en la persona de don Ángel Ramón Zapata
Moya, Segundo Teniente de la Alcaldía.
2.- Durante este periodo de sustitución, la referida persona ejercerá las funciones y atribuciones delegadas a
título de Alcalde en funciones.
3.- En el supuesto que el abajo firmante, Alcalde, se reincorporase a sus funciones antes de haber
transcurrido el periodo expresado en el apartado número 1 de la parte resolutiva de este decreto, la presente
delegación quedaría automáticamente revocada.
4.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la primera sesión que este órgano celebre.
5.- Disponer la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo manda y firma don Luis David Zapata Macías, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cabeza la Vaca, a fecha de firma
electrónica."
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de
reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar
más conveniente a derecho.
En Cabeza la Vaca, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Luis David Zapata Macías.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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