Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. (00194/2024)
Aprobación de la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de La Albuera

Anuncio 194/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Albuera
La Albuera (Badajoz)
Anuncio 194/2024
Aprobación de la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal

Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha15/01/2024, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la
estabilización del empleo temporal correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan.
Mediante resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción
de la Temporalidad en el Empleo Público, correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan:
PERSONAL LABORAL

Grupo de clasificación

Categoría laboral

Vacantes

Fecha de adscripción

A2

Profesor Escuela Infantil

1

Concurso

C2

Auxiliar Jardín Infancia

1

Concurso

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el
artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del
Ayuntamiento de La Albuera, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y Boletín Oficial de la
Provincia Badajoz.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En La Albuera a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel A Díaz González.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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