Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar del Rey. (00095/2024)
Aprobación definitiva de ordenanzas para el ejercicio 2024
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Ayuntamiento de Villar del Rey

Anuncio 95/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villar del Rey
Villar del Rey (Badajoz)
Anuncio 95/2024
Aprobación definitiva de ordenanzas para el ejercicio 2024

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones contra el acuerdo adoptado por este Ayuntamiento en sesión
ordinaria de fecha 20 de noviembre 2023, en el que se acordó aprobar inicialmente, la modificación de las tarifas de precios
de la ordenanzas fiscales reguladora de la tasa por cementerio local, prestación del servicio de ayuda a domicilio, prestación
del servicio de centro de día y Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por distribución de agua y derechos de enganche de
contadores y alcantarillado sin que se hayan presentado reclamaciones de clase alguna, de conformidad con lo establecido
en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, se eleva a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional, y se procede a la inserción
del texto íntegro de la modificación de las Ordenanza:
1.- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por cementerio local.
Artículo 5.- Cuota tributaria.
La presente Ordenanza se regulará por las siguientes tarifas:

* Título de nicho particular (nicho viejo)

350,00 euros

* Título de nicho nuevo

448,00 euros

* Columbario

190,00 euros

* Apertura de nicho y columbario

155,00 euros

* Cierre de nicho y columbario

76,00 euros

La colocación de lápida es por cuenta del Ayuntamiento.
2.- Ordenanza fiscal por la prestación del servicio de ayuda a domicilio.
Cuota tributaria.
La cuota tributaria será calculada de conformidad con el baremo establecido en la siguiente
tarifa y serán tenidos en cuenta los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar:

Ingresos de la unidad familiar
Ingresos Unidad Familiar (U.F.) hasta 360,00 euros/mes

Importe/hora
Exentos

Ingresos Unidad Familiar (U.F.) desde 361,00 euros/mes hasta 500,00 euros/mes

2,00 euros

Ingresos Unidad Familiar (U.F.) desde 501,00 euros/mes hasta 650,00 euros/mes

2,50 euros

Ingresos Unidad Familiar (U.F.) desde 651,00 euros/mes hasta 800,00 euros/mes

3,00 euros

Ingresos Unidad Familiar (U.F.) desde 801,00 euros/mes hasta 950,00 euros/mes

4,00 euros

Ingresos Unidad Familiar (U.F.) desde 951,00 euros/mes hasta 1.100,00 euros/mes

5,00 euros

Ingresos Unidad Familiar (U.F.) desde 1.101,00 euros/mes hasta 1.250,00 euros/mes

6,00 euros

Ingresos Unidad Familiar (U.F.) más de 1.251,00 euros/mes

7,00 euros

3.- Ordenanza fiscal por la prestación del servicio de centro de día.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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