Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (06874/2024)
Corrección de error en edicto publicado el 3 de enero de 2012 sobre el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual MP-OD-3/2010 que afectaba a la ordenación de detalle de las manzanas 8 y 9 del sector SUB-EE-8.3
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 6874/2023

3.
- Superficie mínima de parcela: parcela mínima: 4.500 m².
- Tipo de construcción: Edificación aislada. No se permite la utilización compartida de la parcela
por distintas firmas comerciales.
- Retranqueos mínimos:
- Frente de la calle: 15 m.
- Fondo de parcela: 5 m.
- Laterales: 3 m.
- Ocupación máxima: 75%.
- Índice de piso: 0,80 m²/m² parcela bruta.
- Altura máxima: Tres plantas, 20 metros.
4.
- Superficie mínima de parcela: 400 m² (ESA) >16m x 16 m.
- Tipo de construcción: Edificación singular (ESA).
- Retranqueos mínimos:
- Frente de calle: 3 m.
Resto dentro del área de movimiento.
- Ocupación máxima: 80%.
- Índice de piso: 0,85 m²/m² parcela bruta.
- Altura máxima: Cinco plantas. 14 m respecto a la rasante del vial central con límite de 20 m
respecto a rasante de viales perimetrales.
- Uso: Comercial. Uso específico (ECS), Grandes superficies.
Usos compatibles: Hotelero (EHH y EHB), deportivo (EDM), recreativo y social (ERA y ERM),
estaciones de servicio (TEG).
- Tipología: Edificación singular (ESA).
- Criterios de composición de fachadas: Los establecidos en el proyecto de actuación singular
de las manzanas 08 y 09 del sector SUB-EE-8.3.
5.
- Retranqueos mínimos:
- Frente de la calle: 3 m.
Resto dentro del área de movimiento.
- Ocupación máxima: Área de movimientos.
- Índice de piso: 1,5 m²/m² sobre superficie de manzana inicial.
- Altura máxima: cinco plantas, 14 m respecto a la rasante del vial central con límite de 20 m
respecto a las rasantes de viales perimetrales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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