Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (06874/2024)
Corrección de error en edicto publicado el 3 de enero de 2012 sobre el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual MP-OD-3/2010 que afectaba a la ordenación de detalle de las manzanas 8 y 9 del sector SUB-EE-8.3
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Ayuntamiento de Badajoz

Ordenación

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Modificación puntual de ordenación de detalle.
Proyecto de actuación singular

Retranqueos mínimos Frente de calle: 3 m. Resto dentro del área de movimiento
Ocupación máxima

Área de movimientos

Índice de piso

1,5 m²/m² sobre superficie de manzana inicial

Altura máxima

Cinco plantas, 14 m respecto a la rasante del vial central con límite de 20 m respecto a las
rasantes de viales perimetrales

Uso

Comercial
Uso específico (ECS) grandes superficies
Usos compatibles:
Hotelero (EHH y EHB)
Deportivo EDM
Recreativo y social (ERA y ERM)
Estaciones de servicio (TEG)

Tipología

Edificación singular (ESA)

Criterios de composición de fachadas, desarrollados en el proyecto de actuación singular:
- Se establece un zócalo en las fachadas delanteras de revestimiento monocapa de igual color y
modulación.
- Sobre el zócalo de la fachada se ejecutará la misma con paneles de acero lacado de distintos
colores según comercialización e igual modulación de entrecalles horizontales.
- En la fachada trasera se establecerá un zócalo de paneles prefabricados de hormigón o
revestimiento monocapa de igual textura y modulación.
Sobre el zócalo de la fachada trasera se dispondrán paneles de acero lacado de distintos
colores según comercialización y de igual color que el que incorpore el local o edificio
correspondiente en su fachada delantera con iguales entrecalles horizontales.
- Las aceras frente a los posibles cuerpos adelantados que formalizan vestíbulos, deberán tener
una anchura libre igual o superior a 2,00 m para permitir la circulación de personas por delante
de éstas; siendo aconsejable establecer una anchura de 3,50 m o en caso contrario proponer
vestíbulos abiertos de manera que no se produzcan interrupciones en la circulación peatonal.
- En el proyecto de actuación singular se ha diseñado una pérgola para dar uniformidad y
relacionar los recorridos peatonales entre los distintos locales o edificios. Esta pérgola será
continua, pudiéndose interrumpir en los puntos de vestíbulos adelantados, pudiendo finalizar
la misma en el último vestíbulo de acceso a los locales de borde del conjunto.
La marquesina podrá incorporar banderolas o iluminaciones singulares.
- Es importante reflejar que tanto esta modificación puntual de la ordenación de detalle como
el proyecto de actuación singular, fijan unos criterios de diseño que marcan un contexto,
espíritu o imagen global que podrá admitir matices por la incorporación de tipologías de
edificación diferentes a las inicialmente reflejadas, como corresponde a un conjunto comercial
de estas características. Las posibles alteraciones sugeridas deberán contar con el informe
favorable del Ayuntamiento.
- Caso de que durante el movimiento de tierras o cualesquiera otras obras a realizar se
detectara la presencia de restos arqueológicos deberán ser paralizados inmediatamente los
trabajos, poniendo en conocimiento los hechos en los términos fijados por el artículo 54 de la
Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Debe decir:
Artículo 3.6.4.- Condiciones de aprovechamiento superficial y volumétrico (E).
El sector SUB-EE-8.3 se encuentra constituido por el área Norte del anterior sector SUP-E.7 (P.P de "Ampliación del Nevero"),
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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