Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00009/2024)
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2024-2026
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro

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Objetivo: En materia de Turismo.
Efectos: El Ayuntamiento de Casas de Don Pedro establecerá, durante el período de vigencia del presente Plan subvenciones
cuyos efectos repercutan en la promoción del municipio y su entorno:
- Apoyo a las actividades de todo tipo que contribuyan a la promoción del municipio, especialmente de la
playa de "Los Calicantos" y el patrimonio natural, cultural, etnográfico y religioso municipal.
- Apoyo a deportistas locales que contribuyen a difundir la imagen de nuestro municipio en las diversas
competiciones en las que participan.
Artículo 22.
Objetivo: Fomento del asociacionismo y la participación ciudadana:
Efectos: El Ayuntamiento de Casas de Don Pedro establecerá, durante el período de vigencia del presente Plan subvenciones
cuyos efectos repercutan en:
- Incrementar el número de asociaciones existentes en el Ayuntamiento con fines de carácter social, cultural y
educativo, rechazar la violencia y el racismo y exploración de nuevas formas de planificación y gestión en
torno a proyectos de regeneración urbana.
- Creación de asociaciones destinadas a servicios sociales, favoreciendo la inserción de grupos discriminados
en la sociedad, como asociaciones de ayuda al inmigrante, consumidores, vecinos, mujeres, jóvenes, etc.
- Apoyo a asociaciones de divulgación histórica y de memoria histórica y democrática.
CAPÍTULO IV. FINANCIACIÓN
Artículo 23.
La financiación de las subvenciones que conceda el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro se llevará a cabo con fondos
propios o procedentes de recursos afectados como los vinculados con los Programas de Colaboración Económica Municipal
concedidos por la Junta de Extremadura y otros procedentes de la Diputación de Badajoz u otras administraciones o
entidades que habiliten créditos al efecto, con cargo al capítulo IV de los presupuestos de gastos municipales de los
ejercicios correspondientes.
Los costes previsibles para atender las previsiones del presente Plan para cada ejercicio se determinarán en los
presupuestos del correspondiente año.
Con carácter general, para todo tipo de subvenciones que se concedan por el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro el plazo
de desarrollo de estas actuaciones será siempre anual, sin perjuicio de aquellas actividades que se consoliden en el tiempo,
o cuya actuación necesite un plazo mayor al ejercicio anual, en cuyo caso, deberán seguir cumplimentando anualmente los
requisitos que establece la Ordenanza.
CAPÍTULO V. CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PLAN
Artículo 24.
Anualmente se pondrá a disposición de la Junta de Gobierno Local y del pleno un resumen objetivo de los resultados de la
acción subvencionadora municipal.
Artículo 25.
El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la intervención municipal, que al respecto
analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente,
así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la
obtención de la subvención.
La intervención podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.
CAPÍTULO VI. LÍNEAS DE ACTUACIÓN SECTORIAL

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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