Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00009/2024)
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2024-2026
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Casas de Don Pedro (Badajoz)
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Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2024-2026

APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LOS EJERCICIOS 2024-2026
El Pleno del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 28 de diciembre de 2023,
aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2024-2026, por lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace público para general conocimiento.
"PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LOS EJERCICIOS 2024-2026
PREÁMBULO
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), supone un paso más en el proceso de
perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia
que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los
niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
El artículo 8.1 LGS establece que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el
establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los
objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus
fuentes de financiación.
A su vez, la disposición final primera LGS dispone que el referido artículo tiene carácter básico, resultando de aplicación a
todas las administraciones públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los planes estratégicos contendrán
previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea
conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.
Declarada la constitucionalidad del citado artículo 8.1 LGS, mediante sentencia del TC de 4 de junio de 2013; procede aplicar
respecto a dicho artículo la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo (sentencias de 4 de diciembre de 2012, de 26
de junio de 2012, de 28 de enero de 2013, de EDJ 2013/6647 de 16 de abril de 2013), que considera que dicho precepto tiene
carácter básico y llega a las siguientes conclusiones:
- El Pan Estratégico tiene carácter previo al establecimiento de cualquier subvención; y el precepto es
imperativo y categórico, siendo un requisito esencial y previo a la regulación de la subvención, de tal forma
que requiere una formalización o instrumentalización externa.
- En todo caso, la concesión de subvenciones debe supeditarse al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria.
Por ello, el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2026,
cuyo articulado figura a continuación.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.
La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro durante el período 2024-2026, se ajustará a lo
dispuesto, a falta de una Ordenanza general reguladora de concesión de subvenciones municipales, según las ordenanzas
reguladoras de la convocatoria de las distintas subvenciones, y al presente Plan Estratégico.
Artículo 2.
La concesión de subvenciones requerirá la inclusión previa de las consignaciones correspondientes en los presupuestos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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