Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (07120/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Técnico Deportivo, personal funcionario, turno libre, por el sistema de concurso-oposición, para el Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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(BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Badajoz.
3.4.- Derechos de examen: De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa
por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Badajoz de 8 de febrero de 2010), se fijan
en la cantidad de 16,00 euros cuyo importe se hará efectivo dentro del plazo de presentación de instancias,
mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuentas:
Banca Pueyo número ES84 0078 0006 36 4002000440
Caja Mar número ES44 3058 6703 41 2732000013
Santander número ES05 0049 2427 53 2314010288
Abanca número ES22 2080 3582 81 3040016020
Ibercaja (Caja Badajoz) número ES62 2085 4515 73 0330017846
Unicaja Banco número ES19 2103 7413 7800 3000 1903
Caja Rural de Extremadura número ES87 3009 0003 11 1141216125
Cajalmendralejo número ES76 3001 0018 47 1820754401
Caixabank ES13 2100 1691 1102 0002 7224
En el documento de pago deberá figurar: "Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito. Pruebas selectivas a una plaza
de Técnico Deportivo, nombre, apellidos y DNI del aspirante".
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de instancias, determinará la exclusión de la
persona aspirante, no pudiendo ser subsanable este defecto.
No obstante, según el artículo 7 de la mencionada Ordenanza se establece "una reducción del 50% de la cuota
en los siguientes casos:
Aquellos aspirantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Los solicitantes que se encuentren en situación legal de desempleo (quedando excluidos de este
apartado los demandantes de mejora de empleo).
La condición de desempleado se acreditará mediante certificado emitido por el Instituto Nacional de Empleo
o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda, acompañando a dicho certificado el informe
actualizado de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las bonificaciones citadas en los apartados anteriores no serán acumulables".
Los aspirantes que pretendan acogerse a la bonificación por encontrarse en desempleo deberán justificar
dicha condición, mediante certificado o informe que acredite tal situación a fecha de presentación de la
solicitud.
3.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.ª.- Admisión de aspirantes.
4.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta dictará resolución en el
plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la
causa de exclusión de estos últimos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz,
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de empleo del área
actualidad/empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es, concediéndose un
plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones, a partir del siguiente a la publicación
del BOP.
4.2.- Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en resolución de la Alcaldía, por la que
se aprueba la lista definitiva de aspirantes, que se dictará en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del plazo de subsanación de errores y reclamaciones, que será publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia (BOP) de Badajoz, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de
empleo del área Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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