Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (07121/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Auxiliar Administrativo, personal funcionario, turno libre, por el sistema de concurso-oposición, para el Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 7121/2023

la fórmula prevista en el RD 707/1979, de 5 de abril.
9.4.- Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados
de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
10.ª.- Bolsa de trabajo. Constitución de lista de espera.
10.1.- El Tribunal formulará una relación por el orden de prelación que se establece en el apartado 10.2., de
los aspirantes que, no habiendo superado el proceso de selección, hayan superado como mínimo el primer
ejercicio de la fase de oposición, para constituir la bolsa de trabajo o lista de espera, que se regirá por lo
establecido en el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, referido en la base 1.2., (cuya aplicación se llevará a
cabo según lo establecido en el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 9 de octubre de 2020, punto 3.ª
del apartado VII de personal y régimen interior).
Esta bolsa de trabajo podrá servir para cubrir puestos de dicha categoría, temporalmente vacantes,
suplencias por disfrute de licencias y de otras causas, o para la realización de tareas de carácter no habitual,
igualmente se podrá utilizar para contrataciones por duración determinada. La puesta en funcionamiento de
esta bolsa y su vigencia, dependerá de su correspondiente aprobación por la Alcaldía-Presidencia.
10.2.- El orden de prelación de los aspirantes de la lista de espera se establecerá aplicando sucesivamente los
siguientes criterios:
1.º.- Mayor número de ejercicios aprobados.
2.º.- Mayor puntuación en la suma de los ejercicios aprobados.
3.º.- En caso de empate, mayor puntuación en el ejercicio práctico.

11.ª.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por
los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:

1.º.- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo
de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la
misma o, directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la
Ley 7/1982, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro
recurso que se estime pertinente.
2.ª.- Cuando se haya interpuesto recurso de reposición, contra el presente acto, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente a su notificación/publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente de Mérida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro Recurso que estime pertinente.

12.ª.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), le informamos que sus
datos personales serán incorporados a los ficheros automatizados de Secretaría general y gestión de recursos humanos y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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