Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (07121/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Auxiliar Administrativo, personal funcionario, turno libre, por el sistema de concurso-oposición, para el Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 7121/2023

5.4.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que
demanden oír la opinión de técnicos especialistas, que tendrán voz, pero no voto, así como de colaboradores
en tareas de vigilancia y control de desarrollo de los diferentes ejercicios.
6.ª.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
6.1.- Las pruebas selectivas de la oposición, no podrán comenzar hasta transcurridos al menos un mes desde
la publicación del anuncio correspondiente, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tras la publicación íntegra
de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP) y no podrá exceder de nueve meses el
tiempo comprendido entre dicha publicación y la finalización de los ejercicios, salvo causa extraordinaria
justificada.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72
horas y un máximo de 45 días naturales.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se
harán públicos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de empleo del área
actualidad/empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es.
Se celebrarán los días, hora y lugar que por resolución de la Alcaldía se determine y se publique en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de
empleo del área actualidad/empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es .
6.2.- Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, por orden alfabético, salvo que
el Tribunal decida otra forma más conveniente, y deberán ir provistos del DNI.
La no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados, salvo casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados libremente por el Tribunal motivadamente, comporta que decae automáticamente
en su derecho de participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
6.3.- El Tribunal, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la
identidad de los aspirantes.
6.4.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se hará constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
7.ª.- Pruebas selectivas y valoración de méritos.
7.1.- Fase de oposición: Esta fase constará de dos ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio, siendo
requisito imprescindible para superar los mismos, haber obtenido las puntuaciones mínimas requeridas.
El temario de la convocatoria está recogido en el Anexo II de las presentes bases, sin perjuicio de las posibles
modificaciones que se pudieran producir en el mismo. No obstante, en la totalidad del proceso selectivo,
deberá exigirse por el Tribunal y el aspirante deberá ajustarse a la normativa vigente el día de la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 70 preguntas tipo test con tres respuestas
alternativas, de las cuales sólo una de ellas será la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido
del temario (tanto de materias comunes como específicas), recogido en el anexo II. El tiempo máximo
de duración de dicho ejercicio, no será superior a 90 minutos. El cuestionario que se proponga
contendrá 10 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a
aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de los
ejercicios.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:

1.º.- Se calificará a razón de 0,1428 puntos cada respuesta correcta.
2.º.- Por cada tres preguntas contestadas erróneamente, se restará una pregunta
contestada correctamente.
3.º.- Por cada seis preguntas dejadas en blanco se restará una pregunta
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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