Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (07067/2023)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación de Badajoz y su sector público provincial para el ejercicio 2024 y documentación anexa
184 páginas totales
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Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio

Partida

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Concepto

Observaciones

226.06

Reuniones, conferencias y cursos.

230.00

Dietas miembro órganos de gobierno

230.10

Dietas personal Directivo

230.20

Dietas resto de personal

231.00

Locomoción miembros órganos de
gobierno

231.10

Locomoción personal Directivo

231.20

Locomoción resto de personal

233.00

Asistencias a órganos colegiados

233.01

Asistencias a tribunales

831.00

Pagos anticipados

Se utilizará para la imputación de docentes internos y externos (ya
sean docentes internos o de otras administraciones, Universidad; o
autónomos/empresas cuya actividad sea la de formación)

Anticipos para todo el personal

2) Los gastos relativos a las bajas por incapacidad temporal (IT), se imputarán presupuestariamente a las aplicaciones
propias de la naturaleza del gasto del que deriven. Los ahorros producidos como consecuencia de las bajas, darán lugar a la
anulación de las operaciones contables previamente contabilizadas con la aprobación de la plantilla.
3) Para determinar el cumplimiento de lo contemplado en la LPGE para cada año, en relación al incremento homogéneo de
los importes correspondientes al capítulo de personal, y a la vista de la indefinición de las mismas sobre qué entender por
conceptos homogéneos o no, se determinan los siguientes criterios que deberán seguirse en el momento de la elaboración
del Presupuesto y su posterior ejecución para la comparación con el ejercicio anterior:

Homogéneos a efectos de LPGE

No son homogéneos

Importe de sueldos base, trienios, complementos
específicos, de destino u otros complementos de
mismos puestos, estuvieran o no presupuestados

Importe de conceptos retributivos de nuevos puestos
creados en relación al ejercicio anterior

Importe de productividad

Importe de incrementos de c. específicos aprobados en el
ejercicio anterior o propuesto en el actual

Importe de carrera profesional (siempre y cuando no
haya habida algún acuerdo que la modifique)

Importe de gratificaciones y horas extraordinarias

Retribuciones de funcionarios eventuales siempre y
cuando no haya habido modificaciones del número de
puestos, o incrementos salariales

Retribuciones de contrataciones laborales temporales
previstas incluidos los contratos en prácticas
Retribuciones de personal por proyectos si está
cofinanciado (tanto por la parte nuestra como por la
financiada)
Importe de nuevos trienios

4) Al no existir normativa específica que determine qué conceptos deben introducirse en la plantilla presupuestaria, y sin
perjuicio de un desarrollo posterior en instrucción u otra normativa interna, se establecen los siguientes criterios a tal
efecto:

Formarán parte de la plantilla presupuestaria

No formarán parte de la plantilla

Sueldo base

Importe de contraprestaciones temporales

Trienios

Gratificaciones

Complemento de destino

Productividades

Complemento específico

Gastos sociales y de formación

Complementos personales transitorios

Seguros

Carrera profesional

Planes de pensiones

Seguridad Social de los anteriores conceptos

Seguridad Social de los anteriores conceptos

5) La aprobación de la plantilla, y de la relación de puestos de trabajo por el Pleno supone la aprobación y el compromiso del
gasto dimanante de las retribuciones básicas y complementarias de los empleados públicos existentes y la retención de
crédito de las plazas recogidas en la oferta de empleo público.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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