Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (07137/2023)
Aprobación definitiva de ordenanzas fiscales
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

Anuncio 7137/2023

netos de la unidad familiar solicitante.
5. Para la determinación y cálculo de la cuantía de la tarifa por ayuda a domicilio a beneficiarios, con relación al coste del
servicio, la base de prestación vendrá determinada por un mínimo de dos horas semanales y un máximo de diez horas
semanales, quedando supedita dicha prestación a los informes de necesidad emitido por los Servicios Sociales de Base de
este Ayuntamiento.
DEVENGO
Artículo 6.- Los precios públicos se considerarán devengados desde el momento en que se inicie la prestación del servicio.
NORMAS DE GESTIÓN
Artículo 7.1. Las personas naturales o jurídicas interesadas en que se les preste algún servicio, lo solicitarán directamente en los
Servicios Sociales Municipales, donde presentarán la documentación exigida para realizarles el estudio del importe del
precio público a satisfacer.
2. El pago de las cuantías deberá hacerse efectivo al serles presentada la liquidación por acto o servicio prestado.
3. Las cuotas liquidadas y no satisfechas a su debido tiempo, se harán efectivas por la vía de apremio, con arreglo al
Reglamento General de Recaudación.
INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 8.- En materia de infracciones y sanciones tributarias serán de aplicación los preceptos de la Ley General Tributaria y
normativa que la desarrolle, todo ello sin perjuicio de en cuantas otras responsabilidades penales o civiles pudieran incurrir
los infractores.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 21 de noviembre de 2023
entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación integra en el Boletín Oficial de la provincia y permanecerá en
vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Cabeza del Buey, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Ana Belén Valls Muñoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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