Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (07137/2023)
Aprobación definitiva de ordenanzas fiscales
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

Anuncio 7137/2023

◦ Usuarios de centro de día con PEVS (prestación económica vinculada al servicio), el usuario abonará la cuota
diferenciada por grado de dependencia reconocida:
Precio plaza usuarios grado I: 300 €/mes
Precio plaza usuarios grado II: 400 €/mes
Precio plaza usuarios grado III: 500 €/mes
De las cuantías cobradas a los usuarios para centro de día, el 75% de las mismas corresponderán al servicio
asistencial, el 15% a los gastos de manutención/comedor y el 10% restante a los gastos derivados del
transporte.
E) Transporte al centro de día para plazas adjudicadas por los Servicios Sociales Municipales:
Los usuarios que demanden este Servicio deberán abonar mensualmente la cantidad de 35,00 euros.
Los usuarios residentes en otras localidades que demanden este Servicio deberán abonar
mensualmente la cantidad de 0,26 euros por kilómetro que tenga que realizar el vehículo municipal
para el traslado del usuario al centro (ida y vuelta diaria), teniendo en cuenta que solamente se
admitirán solicitudes de vecinos de poblaciones de Zarza Capilla, Peñalsordo, Capilla, Helechal, La
Nava y Benquerencia de la Serena.
F) Ayuda a domicilio a personas dependientes:
Teniendo en cuenta que este servicio se encuentra subvencionado por el Gobierno de Extremadura en la
cantidad de 9,55 €/hora (subvención Consejería de Salud Y Política Social) y que dicha subvención resulta
insuficiente para sufragar los costes del mismo, la tarifa de este precio público consistirá en abonar una
cuantía por cada una de las horas que tiene reconocidas el usuario dependiente por el SEPAD, en la siguiente
forma:
Pensiones menores de 1.149,99 abonarán la cantidad de 1,23 €/hora.
Pensiones mayores de 1.149,99 abonarán la cantidad de 2,46 €/hora.
G) Hogar club con pisos tutelados:
◦ Residentes con carácter autónomo con plaza adjudicada por los Servicios Sociales Municipales.
Los residentes del hogar club con pisos tutelados abonaran el 75 por 100 de la suma de los rendimientos
anuales, divididos en 12 mensualidades.
Cuando se trate de un matrimonio se abonaran el 75 por 100 de la suma de rendimientos mutuos, es decir,
sumados si tienen los dos. Si sólo es uno el que lo tiene abonará el tanto por ciento que le corresponda.
Una vez abonada la mensualidad, cualquiera que sea, quedará a disposición del usurario un mínimo de 90,15
euros.
No se descuentan de la mensualidad los periodos en los que los residentes por cualquier motivo se
ausentaran del centro por vacaciones, fines de semana, ingresos hospitalarios, etc.
El precio de la estancia se hará efectivo en los cinco primeros días del mes en curso.
◦ Residentes con carácter dependiente con plaza adjudicada por el SEPAD o por los Servicios Sociales
centrales de la Consejería de Sanidad y Política Sociales.
Los residentes del hogar club con pisos tutelados abonaran el 75 por 100 de la suma de los rendimientos
anuales, divididos en 12 mensualidades, con el límite del precio público de prestación del servicio de
residencias acordado en la tabla de precios y tarifas de la Junta de Extremadura para el ejercicio vigente.
Cuando se trate de un matrimonio se abonaran el 75 por 100 de la suma de rendimientos mutuos, es decir,
sumados si tienen los dos. Si sólo es uno el que lo tiene abonará el tanto por ciento que le corresponda.
Una vez abonada la mensualidad, cualquiera que sea, quedará a disposición del usurario un mínimo de 90,15
euros.
No se descuentan de la mensualidad los periodos en los que los residentes por cualquier motivo se
ausentaran del centro por vacaciones, fines de semana, ingresos hospitalarios, etc.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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