Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Obando. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (07118/2023)
Aprobación definitiva del expediente de derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos
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Ayuntamiento de Puebla de Obando

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de Obando
Puebla de Obando (Badajoz)
Anuncio 7118/2023
Aprobación definitiva del expediente de derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de recogida
de residuos sólidos urbanos

EXPEDIENTE DE DEROGACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE RECOGIDA DE
RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
APROBACIÓN DEFINITIVA
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de derogación de Ordenanza municipal reguladora de la tasa por el
servicio de recogida de residuos sólidos urbanos se publica el correspondiente acuerdo plenario de aprobación inicial, para
su general conocimiento.
"Primero.- Aprobar inicialmente la derogación de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por el servicio de recogida de
residuos sólidos urbanos por la adhesión del Ayuntamiento de Puebla de Obando a la tarifa provincial de esta tasa, cuyo
servicio es gestionado por el Consorcio PROMEDIO. Esta derogación tendrá efectos el día anterior al de la aplicación de la
tasa provincial.
Segundo.- Someter dicha derogación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que
puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o
sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el
Pleno.
Simultáneamente, publicar el texto del acuerdo de derogación de la Ordenanza municipal en el portal web del Ayuntamiento
con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados.
Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto."
Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Puebla de Obando, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Manuel Iglesias Carrillo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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