Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Segura de León. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (07076/2023)
Modificación de las bases de ejecución número 32 del presupuesto general de 2023
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Ayuntamiento de Segura de León

Anuncio 7076/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Segura de León
Segura de León (Badajoz)
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Modificación de las bases de ejecución número 32 del presupuesto general de 2023

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, artículo 127
del RD Legislativo 781/1986, de 18 de abril del Texto Refundido del Régimen Local y 169.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el TR de la Ley de Haciendas Locales, y habida cuenta que el Ayuntamiento, sesión
extraordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 22 de noviembre adoptó el acuerdo de aprobación inicial de
modificación de la base de ejecución n.º 32 del presupuesto general de 2023,, que ha resultado definitivo al no haberse
presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace constar lo siguiente:
«PROCEDIMIENTO CONCESIÓN DIRECTA.
1. La normativa que rige el procedimiento de concesión directa de subvenciones viene determinada por los
artículos 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 65 y siguientes del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
2. Los procedimientos de concesión directa son básicamente dos: Por un lado la concesión directa mediante
convenios y, por otro lado, la concesión de subvenciones consignadas nominativamente en los presupuestos.
3. Conforme al artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
la ley General de Subvenciones son subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos generales
de las entidades locales, aquellas cuyo objeto, dotación presupuestaria y beneficiario aparecen determinados
expresamente en el estado de gastos del presupuesto.
En este sentido se consideran subvenciones de concesión directa en el ejercicio 2023, para la realización de
actividades relacionadas con el objeto de las asociaciones, colegios, hermandades, clubes y otras entidades
sin ánimo de lucro, por estar incluidas con ese carácter en el presupuesto de gastos las siguientes:
Beneficiario

Aplicación
presupuestaria

Importe
(€)

Finalidad

Fuente
finaciación

Modalidad
Concesión

Plazo
ejecución

Subvención UP
Segureña

924 481 00

5.000,00 Incluidas en
sus estatutos
o
relacionadas
con el objeto
de la
asociación

RO

Concesión
Ejercicio
directa/convenio económico
en el que
se
concede

Subv. Arzobispado
Mérida -Badajoz
Rehabilitación
Patrimonio-Histórico
Ermita Los
Remedios

336 480 00

35.000,00 Rehabilitación
Ermita de los
Remedios

RO

Concesión
directa/convenio

2023-2024

4. Será de aplicación a dichas subvenciones, en defecto de normativa municipal específica que regule su
concesión, lo previsto en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento de dicha Ley, salvo en lo que en
una y otro afecte a la aplicación de los principios de publicidad y concurrencia.
5. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio por el centro gestor del
crédito presupuestario al que se imputa la subvención, o a instancia del interesado, y terminará con la
resolución de concesión o el convenio.
El acto de concesión o el convenio tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo
dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
La resolución o, en su caso, el convenio deberá incluir los siguientes extremos:
Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la asignación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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