Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragalejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (07033/2023)
Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz sustituto
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Ayuntamiento de Esparragalejo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Esparragalejo
Esparragalejo (Badajoz)
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Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz sustituto

CONVOCATORIA PARA NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ SUTITUTO
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1.985, de 1 de julio, del Poder Judicial y
artículos 4 al 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Se hace saber: Que estando próxima la finalización del mandato del cargo de Juez de Paz sustituto de esta localidad, le
corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ocupar dicho cargo, entre los interesados, que reuniendo las
condiciones legales, así lo soliciten.
1.- Requisitos establecidos en el artículo 1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz:
- Ser español.
- Ser mayor de edad.
- No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 303 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, que se señalan a continuación:
a) Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
b) Estar condenado por delito doloso, mientras no hayan obtenido la rehabilitación.
c) Estar procesado o inculpado por delito doloso, en tanto no sean absueltos o se dicte auto de
sobreseimiento, y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
- No hallarse incurso en alguna causa de incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 al 397
LOPJ.
2.- Las personas interesadas en ocupar el cargo tendrán que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento, o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, solicitud por escrito, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día
siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de la documentación siguiente:
a.- Fotocopia Compulsada del DNI.
b.- Certificado negativo de Antecedentes Penales.
c.- Certificado médico de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio de dicho cargo.
d.- Declaración Jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad, prevista en la Ley
Orgánica del Poder Judicial, para el desempeño del cargo.
e.- Declaración jurada de su actual profesión.
f.- Curriculum vitae donde se expongan los estudios realizados y trayectoria profesional.
El modelo de solicitud se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas del Ayuntamiento, sede electronica
(https://sede.esparragalejo.es) y en la página web municipal (https://esparragalejo.es).
3.- En el supuesto que el candidato al cargo fuera Juez de Paz titular o sustituto, al estar actuando, y de conformidad con el
artículo 53 de la Ley 36/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
solo les será necesario presentar la solicitud al Ayuntamiento, no siendo necesario el certificado de antecedentes penales, el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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