Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (07069/2023)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de Vigilante/a de Carreteras
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 7069/2023
Diputación de Badajoz / trámites ciudadanos y empresas / trámites por delegaciones / Recursos Humanos y
Régimen Interior:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1
b) Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en realizar dos supuestos prácticos, entre tres
propuestos por el Tribunal, en un tiempo máximo de dos horas, referentes al temario anexo, en los que
deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia al puesto objeto de la convocatoria. Cada
supuesto práctico tendrá varias cuestiones puntuadas según se establezca en el mismo.
Determinación de la puntuación: los ejercicios carácter eliminatorio entre sí y su calificación se determinará por el Tribunal
otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco puntos para
superar cada ejercicio. En el segundo ejercicio, los errores, omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación
razonada o de aspectos jurídicos/técnicos relevantes, implicarán la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se
valoren con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las
puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de
que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones
máximas y otra de las mínimas.
La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios, hasta un máximo de veinte
puntos.
El temario está recogido en el anexo I a la presente convocatoria. La normativa que expresamente se cita se considerará
referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la
normativa vigente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético, comenzando por la
persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "W" de conformidad con la resolución de 27 de julio de 2023 de
la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE de 29-07-2023).
El orden de aspirantes en la lista de espera se establecerá, únicamente atendiendo a la puntuación de la fase de oposición,
aplicando sucesivamente los criterios que dispone el artículo 5.- "Orden de prelación" del texto consolidado del Reglamento
de funcionamiento de las bolsas de trabajo de la Diputación de Badajoz y sus organismos autónomos.
El desarrollo del proceso selectivo podría ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de
ejercicios, con cualquier otro que se estén celebrando en, la Diputación de Badajoz, sus organismos autónomos o
consorcios.
Con carácter general, las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento
único, siendo excluidas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán
apreciados y ponderados por el Tribunal.
Los aspirantes no podrán hacer uso durante la realización de las pruebas selectivas de dispositivos de telefonía móvil,
pulseras o relojes electrónicos, ni cualquier otro sistema que permita emisión o recepción de comunicaciones, pudiendo ser
comprobado este extremo en cualquier momento por parte del Tribunal de Selección través de los medios que estime
oportuno. Ante el incumplimiento de esta previsión, el Tribunal de Selección podrá acordar, motivadamente, la exclusión del
aspirante del proceso selectivo.
Séptima.- Resolución de la convocatoria.
Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación, y elevará
dicha relación a la Presidencia de la Corporación para la constitución de la bolsa de trabajo.
Octava.- Presentación de documentos.
Con ocasión del nombramiento interino, o contratación laboral, las personas llamadas de la bolsa de trabajo, deberán
presentar, en el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de Diputación de Badajoz, los documentos originales o
copias según se requiera, acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Si las personas no presentasen sus documentos o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados ni
contratados, y quedarán sin efecto y anuladas todas sus actuaciones en el proceso selectivo, sin perjuicio de la
responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, por incurrir en falsedad en su solicitud de
participación.
La Diputación de Badajoz se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o de solicitar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Régimen Interior:
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b) Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en realizar dos supuestos prácticos, entre tres
propuestos por el Tribunal, en un tiempo máximo de dos horas, referentes al temario anexo, en los que
deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia al puesto objeto de la convocatoria. Cada
supuesto práctico tendrá varias cuestiones puntuadas según se establezca en el mismo.
Determinación de la puntuación: los ejercicios carácter eliminatorio entre sí y su calificación se determinará por el Tribunal
otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco puntos para
superar cada ejercicio. En el segundo ejercicio, los errores, omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación
razonada o de aspectos jurídicos/técnicos relevantes, implicarán la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se
valoren con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las
puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de
que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones
máximas y otra de las mínimas.
La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios, hasta un máximo de veinte
puntos.
El temario está recogido en el anexo I a la presente convocatoria. La normativa que expresamente se cita se considerará
referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la
normativa vigente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético, comenzando por la
persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "W" de conformidad con la resolución de 27 de julio de 2023 de
la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE de 29-07-2023).
El orden de aspirantes en la lista de espera se establecerá, únicamente atendiendo a la puntuación de la fase de oposición,
aplicando sucesivamente los criterios que dispone el artículo 5.- "Orden de prelación" del texto consolidado del Reglamento
de funcionamiento de las bolsas de trabajo de la Diputación de Badajoz y sus organismos autónomos.
El desarrollo del proceso selectivo podría ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de
ejercicios, con cualquier otro que se estén celebrando en, la Diputación de Badajoz, sus organismos autónomos o
consorcios.
Con carácter general, las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento
único, siendo excluidas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán
apreciados y ponderados por el Tribunal.
Los aspirantes no podrán hacer uso durante la realización de las pruebas selectivas de dispositivos de telefonía móvil,
pulseras o relojes electrónicos, ni cualquier otro sistema que permita emisión o recepción de comunicaciones, pudiendo ser
comprobado este extremo en cualquier momento por parte del Tribunal de Selección través de los medios que estime
oportuno. Ante el incumplimiento de esta previsión, el Tribunal de Selección podrá acordar, motivadamente, la exclusión del
aspirante del proceso selectivo.
Séptima.- Resolución de la convocatoria.
Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación, y elevará
dicha relación a la Presidencia de la Corporación para la constitución de la bolsa de trabajo.
Octava.- Presentación de documentos.
Con ocasión del nombramiento interino, o contratación laboral, las personas llamadas de la bolsa de trabajo, deberán
presentar, en el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de Diputación de Badajoz, los documentos originales o
copias según se requiera, acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Si las personas no presentasen sus documentos o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados ni
contratados, y quedarán sin efecto y anuladas todas sus actuaciones en el proceso selectivo, sin perjuicio de la
responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, por incurrir en falsedad en su solicitud de
participación.
La Diputación de Badajoz se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o de solicitar
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