Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Régimen Jurídico y Tramitación de Subvenciones (Badajoz). (06998/2023)
Plan Estratégico de Subvenciones 2024
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Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio

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* Número de concesiones anuales.
* Porcentaje de subvenciones concedidas sobre las solicitadas.
* Grado de ejecución presupuestaria.

En las bases reguladoras, convocatorias y acuerdos de concesión se incorporarán la relación con los objetivos estratégicos
definidos en este Plan y aquellos indicadores de actividad o resultado específicos que se consideren necesarios para evaluar
la consecución de los objetivos estratégicos.
Cláusula novena.- Líneas de acción.
Las líneas de subvención en las que se concreta el PES son las que se incluyen en la tabla adjunta al mismo, y en el anexo
que se acompaña detallándose por procedimientos de concesión la aplicación presupuestaria, descripción de la actuación y
beneficiarios.
Cláusula décima.- Calendario y medidas de simplificación administrativa.
Se establece el siguiente calendario genérico y estimativo, para la aprobación de bases específicas y convocatorias de líneas
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva:
* Líneas con bases específicas anuales o de vigencia indefinida, que deban aprobarse en el ejercicio:
Aprobación y convocatoria simultánea en el primer semestre del año.
* Líneas condicionadas a la obtención de financiación:
Aprobación (si se requiere) y convocatoria: en los tres meses siguientes a la habilitación del
crédito.

Por razones de eficiencia, cuando se considere necesario y las circunstancias particulares queden acreditadas en el
expediente, se podrá acudir a la tramitación anticipada de las convocatorias de las subvenciones, quedando condicionada
en esos casos la resolución de concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto.
El calendario de las líneas de ayudas y subvenciones en régimen de concesión directa se adecuará al carácter singular de
estas subvenciones y las razones de interés público, social, económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de
su convocatoria pública.
Las bases reguladoras articularán un procedimiento más ágil y simplificado en la tramitación administrativa de las
subvenciones, ya sea en la solicitud, tramitación o justificación de las ayudas, y en particular cuidarán del cumplimiento de
los siguientes objetivos:
a. La reducción de los trámites administrativos y, en su caso, la supresión de los que sean innecesarios.
b. La reducción en los plazos de tramitación de los expedientes y la extensión en cuanto sea posible del
silencio administrativo positivo.
c. La reducción de las peticiones de documentación requeridas a las imprescindibles.
d. El fomento de las comunicaciones previas, declaraciones responsables, autorizaciones para la obtención de
certificados que obren en poder de otras Administraciones Públicas y comunicaciones electrónicas.
e. La simplificación y la normalización de formularios e impresos.
Cláusula undécima.- Transparencia.
La publicidad de las subvenciones se realizará de acuerdo con lo establecido para la publicidad de subvenciones y ayudas
públicas de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con el artículo 30 Reglamento de la Ley 38/2003, de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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