Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Régimen Jurídico y Tramitación de Subvenciones (Badajoz). (06971/2023)
Aprobación de las bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en régimen de interinidad de la plaza vacante de Administrativo adjunto a Secretaría
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Ayuntamiento de Castuera

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d) Incompatibilidades: Las comprendidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Segunda.- Publicidad.
Las presentes bases, así como sus anexos, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Los sucesivos
anuncios que se deriven de la presente convocatoria se publicarán en el tablón electrónico de anuncios del Ayuntamiento de
Castuera, accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento (https://castuera.sedelectronica.es/) sin perjuicio de las
notificaciones que deban practicarse y la exposición en el tablón físico de anuncios.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
1.º.- Quienes deseen tomar parte en el procedimiento de selección, deberán reunir las siguientes condiciones de capacidad:
a) Nacionalidad española o nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, los familiares de éstos de
acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y las personas incluidas en
el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados
por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; condición, ésta última, que
deberá ser acreditada por cada aspirante mediante certificado o documento oficial correspondiente,
debiendo, además, en estos casos acreditar su nacionalidad y el cumplimiento de los requisitos establecidos
para todos los aspirantes.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o
en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente. Las equivalencias de los títulos deben ser
acreditadas por los propios aspirantes, exigiéndose certificación sobre las equivalencias a cargo de la
autoridad académica competente.
f) No hallarse en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para ser vinculado/a
temporalmente por este Ayuntamiento. Todos los requisitos deberá reunirlos el aspirante en la fecha en que
finalice el plazo de presentación de instancias de esta convocatoria. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea
española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena que impida, en
su Estado, el acceso a la función pública.
Todos los requisitos enumerados anteriormente, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Cuarta.- Solicitudes.
Debido a la inaplazable urgencia, se reducen los plazos ordinarios de presentación de instancias (habitualmente, 20 días
hábiles) a la mitad, de tal forma que el plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el
siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se considerarán extemporáneas y serán inadmitidas las solicitudes presentadas con antelación a la publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
a) A efectos de impugnaciones, el cómputo de plazos se efectuará desde la publicación en el tablón
electrónico de anuncios, salvo aquellas en las que, en virtud de la base 3.1, o disposición legal, deban
publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en cuyo caso el cómputo de plazos se efectuará desde la
publicación en dicho Boletín.
El cómputo de plazos se realizará de conformidad con las normas establecidas en el procedimiento
administrativo común.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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