Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Táliga. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06980/2023)
Oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Táliga

Anuncio 6980/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Táliga
Táliga (Badajoz)
Anuncio 6980/2023
Oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL
Mediante resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 21 de diciembre de 2023, se aprobó la oferta de empleo
público adicional para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones del artículo 217 del Real Decreto-ley
5/2023, de 28 de junio, correspondiente a la plaza que a continuación se reseña:

PERSONAL LABORAL:

Grupo de clasificación

Categoría laboral

Vacantes

Jornada

Forma de provisión

7

Auxiliar Administrativo/a

1

100%

Concurso

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el
artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público adicional para la estabilización de empleo temporal del
Ayuntamiento de Táliga, en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Corporación https://taliga.sedelectronica.es y
en Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Táliga, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, David Fernández Fernández.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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