Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06934/2023)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 14/2023
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Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana
Pueblonuevo del Guadiana (Badajoz)
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Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 14/2023

A los efectos del artículo 169, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público para general conocimiento, que esta
Corporación en sesión plenaria celebrada el día 21 de noviembre de 2023, adoptó acuerdo inicial, que ha resultado
definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número 14/2023, suplemento
de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales resultante de la liquidación
presupuestaria del ejercicio 2022, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
SUPLEMENTOS EN APLICACIONES DE GASTOS:

Capítulo

Denominación

II

Gastos en bienes corrientes y servicios

VI

Inversiones reales

Importe (Euros)
20.000,00
98.274,74

Total suplemento de crédito expediente número 14/2023

118.274,74

Esta modificación se financia en los siguientes términos:
SUPLEMENTOS EN CONCEPTOS DE INGRESOS:

Capítulo
VIII

Denominación
Activos financieros
Total suplemento de crédito expediente número 14/2023

Importe (Euros)
118.274,74
118.274,74

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado
Pueblonuevo del Guadiana, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Pedro Pablo González Merino.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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