Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). (06903/2023)
Resolución de la convocatoria de oferta de plazas de alumnado de la Escuela Provincial de la Diputación de Badajoz para el curso 2024
4 páginas totales
Página
Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia"
Número
Anuncio 6903/2023
Nombre y apellidos
23
Méndez Gómez, Francisco Jesús
24
Moreno Fernández, Antonio Manuel
25
Monroy López, Adrián
26
Méndez Llavador, Luis
27
Naranjo Cordero, Francisco Javier
28
Palacios Moreno, Óscar
29
Pavanes Vázquez, Adrián
30
Quintero García, María Rosa
31
Rodríguez Perera, Francisco
32
Romero Barrantes, Dario
33
Rufo González, Jesús
34
Sánchez Bermejo, Hugo
35
Terrón Halcón, Álvaro
36
Torrado Álvarez, Carlos
37
Trujillo Sánchez, Daniel
38
Viera Rodríguez, Izan
Tercero.- Abrir un plazo extraordinario de 7 días hábiles desde la fecha de publicación del presente acuerdo
en el Boletín Oficial de la Provincia para aquellas personas interesadas puedan presentar solicitud para
formar parte como alumno/a de la Escuela de Tauromaquia en el curso 2024, conforme a las bases de la
convocatoria publicada en el BOP número 218 de 15 de noviembre de 2023.
Cuarto.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que se hace publico para generar conocimiento y efectos, significando que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo, que pone fin a
la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante
el mismo órgano (Consejo Rector OAPET) que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de 2 meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la
notificación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. La Vicepresidenta del OA Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia (Decreto 1/07/23 y 5/10/23, BOP 3/7/23), María Concepción López López.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Número
Anuncio 6903/2023
Nombre y apellidos
23
Méndez Gómez, Francisco Jesús
24
Moreno Fernández, Antonio Manuel
25
Monroy López, Adrián
26
Méndez Llavador, Luis
27
Naranjo Cordero, Francisco Javier
28
Palacios Moreno, Óscar
29
Pavanes Vázquez, Adrián
30
Quintero García, María Rosa
31
Rodríguez Perera, Francisco
32
Romero Barrantes, Dario
33
Rufo González, Jesús
34
Sánchez Bermejo, Hugo
35
Terrón Halcón, Álvaro
36
Torrado Álvarez, Carlos
37
Trujillo Sánchez, Daniel
38
Viera Rodríguez, Izan
Tercero.- Abrir un plazo extraordinario de 7 días hábiles desde la fecha de publicación del presente acuerdo
en el Boletín Oficial de la Provincia para aquellas personas interesadas puedan presentar solicitud para
formar parte como alumno/a de la Escuela de Tauromaquia en el curso 2024, conforme a las bases de la
convocatoria publicada en el BOP número 218 de 15 de noviembre de 2023.
Cuarto.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que se hace publico para generar conocimiento y efectos, significando que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo, que pone fin a
la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante
el mismo órgano (Consejo Rector OAPET) que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de 2 meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la
notificación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. La Vicepresidenta del OA Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia (Decreto 1/07/23 y 5/10/23, BOP 3/7/23), María Concepción López López.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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