Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Hacienda y Administración Pública (Mérida). (06875/2023)
Resolución por la que se dispone la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura fijando el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en 2024 en la Comunidad Autónoma de Extremadura
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Consejería de Hacienda y Administración Pública

Anuncio 6875/2023

13 de febrero, Martes de Carnaval (reemplazando el descanso en lunes de la festividad de 8 de
septiembre, Día de Extremadura, domingo).
28 de marzo, Jueves Santo.
29 de marzo, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
9 de diciembre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día 8 de
diciembre, Inmaculada Concepción, al coincidir dicha fiesta en domingo.
25 de diciembre, Natividad del Señor.
2.- Además, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura los días de
descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a lo dispuesto en el artículo 4
del Decreto 68/2023, de 31 de mayo, figuran en las relaciones publicadas por resolución de 31 de octubre de
2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas
locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2024 (DOE número 215, de 9 de
noviembre de 2023), o modificaciones que se produzcan.
Segundo.- El presente acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, en los boletines oficiales de las provincias de
Badajoz y Cáceres y en la sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.juntaex.es/SEDE/), sin perjuicio de la
exposición pública que puedan realizar también las entidades locales.
Tercero.- El presente acuerdo producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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