Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06308/2023)
Extracto de la convocatoria abierta de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Deportiva 2024 de la Diputación de Badajoz
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

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Cada uno de los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz podrá solicitar dos subvenciones para la
celebración de dos actividades deportivas concretas y diferenciadas, a realizarse durante una o varias jornadas. La cantidad
máxima a subvencionar por cada actividad ascenderá a 600,00 € (impuestos incluidos en su caso).
Base 5. Solicitudes, plazos y procedimiento.
Cada localidad podrá celebrar dos actividades deportivas desde el día 1 de enero de 2024 hasta día 20 de noviembre de
2024. Celebradas las actividades, abonarán la/s factura/s correspondientes a los gastos contratados y realizados.
1.- Los municipios y entidades locales menores deberán enviar cumplimentado y por cada una de las actividades, con al
menos 15 días naturales de antelación a la fecha de celebración de las mismas, el modelo que figura en el anexo I de la
convocatoria en el que se incluyen los datos relativos a la actividad a realizar, día, hora, lugar de celebración y presupuesto
detallado de gastos.
2.- Una vez celebrada la actividad y abonada la/s factura/s correspondiente/s, deberán enviar cumplimentada, y por cada
una de las dos actividades, la documentación que a continuación se relaciona:
Solicitud de subvención conforme al anexo II.
Declaración responsable según modelo del anexo III.
Certificación del Secretario/Secretario-Interventor de la Entidad, con el Vº Bº del Alcalde, en la que se haga constar
que se ha efectuado el pago efectivo de la/s factura/s, la fecha en la que se realizó dicho pago y que no se dispone de
ninguna otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz exceda del importe
total de la misma, según modelo del anexo IV.
Factura/s abonada/s.
Documento acreditativo del pago.
3.- El plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida será de 1 mes a contar a partir del día
siguiente al de la celebración de la actividad.
La solicitud y documentación se presentará exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica
de Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/ y el acceso deberá realizarse con certificado digital de
representación de la Entidad Local.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
En el supuesto de que la actividad se celebre desde el día 1 de noviembre hasta el día 20 de noviembre de 2024, el plazo
para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida finalizará en todo caso el día 30 de noviembre de
2024.
4.- La comunicación, solicitud y anexos mencionados deberán contener la firma electrónica requerida en la Ordenanza
reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz y sus
entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021), y en aplicación de la legislación de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Base 6. Gastos subvencionables.
1. A efectos de gastos se establecen los siguientes extremos:
a. La cuantía máxima de subvención a conceder por la realización de cada actividad es de 600,00 €.
b. Serán gastos subvencionables aquellos que se realicen desde el 1 de enero de 2024 al 20 de noviembre de
2024.
c. Todos los gastos deberán ser realizados hasta el 20 de noviembre de 2024 y efectivamente pagados hasta
la fecha límite de 30 de noviembre de 2024.
d. Los importes subvencionados no podrán ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones de otras
administraciones públicas u otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el
presupuesto total de la actividad subvencionada.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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