Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06347/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración de actividades deportivas durante el año 2024
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 6347/2023
lugar a la tramitación de los correspondientes expedientes de reintegro, de acuerdo a la siguiente graduación
de los mismos:
RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE LA JUSTIFICACIÓN:
No justificación, con/sin solicitud de prórroga y tras requerimiento administrativo: Reintegro total.
Justificación defectuosa, tras requerimiento de subsanación:
No comunicación de otros ingresos o subvenciones: Si se deduce sobrecoste, reintegro del mismo en la proporción
que la subvención suponga sobre el coste total del proyecto.
Ausencia de algún anexo o documento no relativo a la justificación económica, no utilización de modelos
normalizados, o ausencia de alguna firma preceptiva: Reintegro parcial del 5% del importe concedido.
Ausencia de relación certificada de obligaciones y pagos: Reintegro total.
No reintegro del sobrante: Reintegro del importe.
Importe justificado insuficiente: Reintegro de lo no justificado.
No acreditación de pago: Reintegro de lo no acreditado.
RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES:
Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro total.
Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro
parcial y proporcional a la subvención concedida por las actividades no realizadas, en su caso, motivado por el centro
gestor.
No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen corporativa,
documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.
Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del plazo máximo
para realizar el mismo: Reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo.
No cumplir con el compromiso de financiación propia tenido en cuenta en el proceso de valoración: Reintegro de lo
comprometido, calculado proporcionalmente respecto del coste total de gastos subvencionables del proyecto.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el pago de una cuantía con descuento del
5% del importe de la subvención concedida.
No obstante lo anterior, el artículo 90 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
posibilita al beneficiario a devolver, con carácter voluntario y sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda
concedida y cobrada, ya sea el importe total de la subvención o una parte de esta, de acuerdo con la situación de su
expediente.
Para ello, deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta de la Diputación: ES03 3009 0001 2025 4550 4629 (Caja Rural de Extremadura).
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que
correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
Base 14. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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lugar a la tramitación de los correspondientes expedientes de reintegro, de acuerdo a la siguiente graduación
de los mismos:
RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE LA JUSTIFICACIÓN:
No justificación, con/sin solicitud de prórroga y tras requerimiento administrativo: Reintegro total.
Justificación defectuosa, tras requerimiento de subsanación:
No comunicación de otros ingresos o subvenciones: Si se deduce sobrecoste, reintegro del mismo en la proporción
que la subvención suponga sobre el coste total del proyecto.
Ausencia de algún anexo o documento no relativo a la justificación económica, no utilización de modelos
normalizados, o ausencia de alguna firma preceptiva: Reintegro parcial del 5% del importe concedido.
Ausencia de relación certificada de obligaciones y pagos: Reintegro total.
No reintegro del sobrante: Reintegro del importe.
Importe justificado insuficiente: Reintegro de lo no justificado.
No acreditación de pago: Reintegro de lo no acreditado.
RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES:
Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro total.
Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro
parcial y proporcional a la subvención concedida por las actividades no realizadas, en su caso, motivado por el centro
gestor.
No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen corporativa,
documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.
Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del plazo máximo
para realizar el mismo: Reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo.
No cumplir con el compromiso de financiación propia tenido en cuenta en el proceso de valoración: Reintegro de lo
comprometido, calculado proporcionalmente respecto del coste total de gastos subvencionables del proyecto.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el pago de una cuantía con descuento del
5% del importe de la subvención concedida.
No obstante lo anterior, el artículo 90 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
posibilita al beneficiario a devolver, con carácter voluntario y sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda
concedida y cobrada, ya sea el importe total de la subvención o una parte de esta, de acuerdo con la situación de su
expediente.
Para ello, deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta de la Diputación: ES03 3009 0001 2025 4550 4629 (Caja Rural de Extremadura).
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que
correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
Base 14. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
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