Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06347/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración de actividades deportivas durante el año 2024
32 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud
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B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá exclusivamente por medios
electrónicos mediante su presentación a través de la sede electrónica ubicada en la dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/ de Diputación de Badajoz, y conforme a la Ordenanza reguladora del
Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz y sus
entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
La remisión de la justificación deberá acompañarse de los documentos de justificación adicionales que sean
necesarios conforme a los modelos normalizados.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una declaración
de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. Esta memoria deberá recoger, para el caso de
que el importe de la subvención concedida haya sido inferior al solicitado, una explicación de cómo
han procedido ajustar el alcance de la actividad subvencionada o, en su caso, cuál ha sido la alternativa
de financiación.
Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del
proyecto, destacando dónde han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su
imagen corporativa, según establece el apartado d) de la base 9 de la convocatoria.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta
Diputación, está referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las
diferentes notas de prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas
que les realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan
la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De
todo ello deberán dejar constancia en la Memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas,
mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos
u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al
correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio
de documentación mercurio para su aportación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se
estará a lo dispuesto en el manual de difusión de la actividad subvencionada que se encuentra
disponible en la página web de Diputación de Badajoz en el siguiente enlace:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
Anexo V de indicadores de resultado y actividad establecidos en la base 12 de la convocatoria.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general y como mínimo, el importe a justificar es el que resulte de la resolución de
concesión, en su caso, reformulada, respetando el objeto y la finalidad del proyecto. No
obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la
subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá exclusivamente por medios
electrónicos mediante su presentación a través de la sede electrónica ubicada en la dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/ de Diputación de Badajoz, y conforme a la Ordenanza reguladora del
Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz y sus
entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
La remisión de la justificación deberá acompañarse de los documentos de justificación adicionales que sean
necesarios conforme a los modelos normalizados.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una declaración
de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. Esta memoria deberá recoger, para el caso de
que el importe de la subvención concedida haya sido inferior al solicitado, una explicación de cómo
han procedido ajustar el alcance de la actividad subvencionada o, en su caso, cuál ha sido la alternativa
de financiación.
Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del
proyecto, destacando dónde han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su
imagen corporativa, según establece el apartado d) de la base 9 de la convocatoria.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta
Diputación, está referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las
diferentes notas de prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas
que les realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan
la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De
todo ello deberán dejar constancia en la Memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas,
mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos
u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al
correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio
de documentación mercurio para su aportación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se
estará a lo dispuesto en el manual de difusión de la actividad subvencionada que se encuentra
disponible en la página web de Diputación de Badajoz en el siguiente enlace:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
Anexo V de indicadores de resultado y actividad establecidos en la base 12 de la convocatoria.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general y como mínimo, el importe a justificar es el que resulte de la resolución de
concesión, en su caso, reformulada, respetando el objeto y la finalidad del proyecto. No
obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la
subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
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