Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06281/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladora de subvenciones destinadas a asociaciones sin fines de lucro para la celebración durante 2024 de actividades educativas y culturales, así como para la celebración de fiestas populares
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

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Base 1. Objeto y líneas de actuación.
El objeto de estas bases es establecer la regulación, en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de las asociaciones
sin fines de lucro y fundaciones de la provincia de Badajoz cuya finalidad sea la ejecución de proyectos culturales y
educativos, así como la celebración de fiestas populares en la provincia de Badajoz, complementarios o periféricos a la
actividad directa de la Diputación de Badajoz y que incidan en la promoción, divulgación, creación de nuevos públicos,
formación y cercanía de las ofertas culturales y educativas a los ciudadanos durante todo el año 2024.
La participación en esta convocatoria es incompatible con la participación en la convocatoria de subvenciones de la
Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro para la celebración de actividades deportivas durante
2024 y en la convocatoria de subvenciones destinadas a las Federaciones Deportivas de Extremadura para la ejecución de
proyectos deportivos durante el año 2024.
Base 2. Dotación presupuestaria.
1. La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 350.000,00
euros (trescientos cincuenta mil euros), e irán imputadas a los créditos presupuestarios consignados en las
siguientes aplicaciones y con esta distribución:

APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
111/32600/48001/0400-Promoción educativa para asociaciones sin fines de lucro
111/33401/48000/1100-Promoción cultural para asociaciones sin fines de lucro
111/33401/48001/1100-Fiestas populares para asociaciones sin fines de lucro
Total dotación:

45.000,00 euros
275.000,00 euros
30.000,00 euros
350.000,00 euros

2. Dicha distribución de los créditos tiene carácter estimativo, por lo que, si de las solicitudes, estudio y
propuesta de concesión se dedujera una alteración de la mencionada distribución, no se requerirá nueva
convocatoria, aunque sí las modificaciones que correspondan en el expediente de gastos, antes de la
resolución de concesión.
Con carácter simultáneo, y condicionado a la aprobación de las presentes bases con convocatoria, se aprueba
el gasto en los términos previstos en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Base 3. Requisitos para obtener la condición de beneficiario.
1.- Se excluye expresamente de poder participar en la convocatoria a:
a. Asociaciones vecinales.
b. Asociaciones de madres y padres de alumnos.
c. Las entidades que tienen consignada una subvención nominativa en los presupuestos
generales de la Diputación de Badajoz para el ejercicio 2024.
d. Las asociaciones que presenten proyectos cuya finalidad no sea la celebración de actividades
educativas, culturales o de fiestas populares, objeto de esta convocatoria.
e. Las entidades que presenten proyectos cuyo presupuesto de gastos incluya gastos no
subvencionables conforme a esta convocatoria.
f. Las entidades que carezcan de domicilio social en la provincia de Badajoz y no dispongan de
delegación permanente en la misma.
2.- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones sin fines de lucro y fundaciones con fines
culturales y educativos de la provincia de Badajoz que cumplan con los siguientes requisitos a fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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