Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06281/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladora de subvenciones destinadas a asociaciones sin fines de lucro para la celebración durante 2024 de actividades educativas y culturales, así como para la celebración de fiestas populares
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 6281/2023

3. Atendiendo a la valoración técnica de los proyectos (hasta 23 puntos), se
tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Duración de los proyectos. Si el proyecto desarrollado tiene una
duración mínima de quince días: 3 puntos.
2. Número de usuarios de las actividades y proyectos
presentados. Si el proyecto presentado supera los 200
participantes: 3 puntos.
3. Que el proyecto esté suficientemente desarrollado y completo
en todos sus apartados, existiendo un buen estudio de
antecedentes, diagnóstico previo y justificación de la propuesta,
adecuándose el proyecto a las necesidades de la localidad o
localidades a las que se destina o de la zona de intervención: 3
puntos.
4. Que el presupuesto presentado se ajuste a los costes de
mercado actuales, tratándose de proyectos con una viabilidad
económica y rigor presupuestario, valorándose positivamente los
proyectos que contribuyan de forma racional al desarrollo
económico de la industria cultural de la provincia de Badajoz: 3
puntos.
5. Que el proyecto sea original e innovador: 2 puntos.
6. Que sean proyectos que permitan un mejor desarrollo cultural y
educativo de los ciudadanos y ciudadanas de los entornos rurales:
3 puntos.
7. Que los beneficiarios estén bien identificados y cuantificados: 3
puntos.
8. Que no entren en competencia con proyectos propios de la
Diputación de Badajoz: 3 puntos.

3.- Según las prioridades de la Diputación de Badajoz (hasta un máximo de 25 puntos):
1. Que el proyecto presentado se desarrolle mayoritariamente en localidades de
la provincia de Badajoz de menos de 20.000 habitantes: 5 puntos.
2. Que se prioricen en el proyecto aquellas actuaciones relacionadas con
actividades culturales y educativas de especial trascendencia y arraigo social
para los municipios y entidades locales menores de la provincia en donde se
desarrolla, con criterios de calidad y proximidad: 3 puntos.
3. Impulsen las infraestructuras provinciales y actividades relacionadas con la
cultura, en cuanto actividades que, cada vez en mayor proporción, generen
riqueza y empleo, favorezcan la cohesión social y potencien la imagen de una
provincia atractiva, dinámica y viva, contribuyendo al desarrollo local, la igualdad
y la solidaridad: 2 puntos.
4. Potencien iniciativas culturales o educativas que estén relacionadas
claramente con la inclusión social de colectivos discriminados por razón de raza,
origen, género, edad, discapacidad u otras causas: 3 puntos.
5. Que promuevan claramente la participación de la mujer en la creación,
desarrollo y ejecución del proyecto: 3 puntos.
6. Que el proyecto esté relacionado con las artes escénicas o las artes plásticas: 2
puntos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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