Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia del Ventoso. (06783/2023)
Aprobación definitiva de expediente de modificación presupuestaria 02SC/2023, financiado con remanente líquido de tesorería
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Ayuntamiento de Valencia del Ventoso
Anuncio 6783/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valencia del Ventoso
Valencia del Ventoso (Badajoz)
Anuncio 6783/2023
Aprobación definitiva de expediente de modificación presupuestaria 02SC/2023, financiado con remanente líquido de
tesorería
APROBACIÓN DEFINITIVA DE EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 02SC/2023
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación presupuestaria 02SC/2023: Suplemento de crédito
(gastos en festejos) financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, se publica el mismo para su general
conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, de acuerdo con el siguiente detalle:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales €
Suplemento de crédito €
Créditos finales €
Progr. Económica
338
226.09
Gastos en festejos
85.000,00
20.000,00
Total
105.000,00
105.000,00
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplemento en concepto de ingresos
Aplicación económica
Cap.
8
Art.
87
Descripción
Euros
Conc.
870
Remanente líquido de tesorería
Total ingresos
20.000,00
20.000,00
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Valencia del Ventoso, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, M.ª Concepción López López.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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tesorería
APROBACIÓN DEFINITIVA DE EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 02SC/2023
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación presupuestaria 02SC/2023: Suplemento de crédito
(gastos en festejos) financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, se publica el mismo para su general
conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, de acuerdo con el siguiente detalle:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales €
Suplemento de crédito €
Créditos finales €
Progr. Económica
338
226.09
Gastos en festejos
85.000,00
20.000,00
Total
105.000,00
105.000,00
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplemento en concepto de ingresos
Aplicación económica
Cap.
8
Art.
87
Descripción
Euros
Conc.
870
Remanente líquido de tesorería
Total ingresos
20.000,00
20.000,00
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Valencia del Ventoso, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, M.ª Concepción López López.
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