Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06748/2023)
Aprobación definitiva del Anexo de la de Ordenanza fiscal por la prestación del servicio de estancias en pisos tutelados y centro de día
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

Anuncio 6748/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
Anuncio 6748/2023
Aprobación definitiva del Anexo de la de Ordenanza fiscal por la prestación del servicio de estancias en pisos tutelados y
centro de día

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ANEXO DE LA DE ORDENANZA FISCAL POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESTANCIAS EN
PISOS TUTELADOS Y CENTRO DE DÍA
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria en fecha 18 de
octubre de 2023, de modificación del anexo de la Ordenanza fiscal por la prestación del servicio de estancias en pisos
tutelados y centro de día, por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, para que el mismo pudiera ser examinado y poder presentar las reclamaciones y
sugerencias que se consideren oportunas.
Y resultando que, finalizado el referido plazo de exposición al público, no se han presentado reclamaciones o sugerencia
alguna, se considera definitivamente aprobado dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el art. 49 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por lo que se procede a su publicación de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que, contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
El anexo queda redactado como sigue:
Servicio de comida a domicilio
Servicio de elaboración y entrega regular de comidas en domicilio para la alimentación diaria de personas con dependencia
en la realización de las actividades básicas de la vida diaria, personas mayores que residan solas en su domicilio, personas
con necesidades usuarios de los servicios sociales de base del Ayuntamiento de Cabeza la Vaca, o posibles casos de
exclusión social.
Es un servicio social, y está sujeto a la normativa de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
requiere la autorización del SEPAD y la autorización sanitaria correspondiente.
La elaboración de las comidas se realizará en los pisos tutelados de Cabeza la Vaca, siguiendo un menú variado a diario
supervisado por el MAP y la DUE del centro médico local.
La contratación del servicio deberá ser regular y permanente a lo largo del año, pudiendo el usuario cancelar cuando lo
estime oportuno con 15 días de previo aviso.
No se podrán hacer servicios puntuales irregulares, quedando totalmente excluidos del servicio.
Cuáles son las ventajas que presenta este servicio
Las ventajas que se ofrecen con la puesta en marcha de este programa es facilitar a los colectivos más vulnerables el
alimento diario, ofreciéndoles el servicio en su domicilio habitual, o bien la recogida en el mismo centro de los pisos
tutelados para aquellas personas autónomas que así lo prefieran, y garantizar la comodidad y el bienestar personal.
Con este servicio se pretende que todas aquellas personas que así lo soliciten tengan una alimentación adecuada a diario, y
contribuya favorablemente a la salud del usuario.
Modalidades
Recogida de comida en el centro: Aquellos usuarios que presenten autonomía podrán recoger en los pisos tutelados la
comida a diario, indicándolo en la solicitud previa.
En el caso de los usuarios con dependencia podrán elegir esta modalidad autorizando a un familiar o persona de referencia
a efectuar la recogida.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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