Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. (06660/2023)
Aprobación del Plan de medidas antifraude del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
Anuncio 6660/2023
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega
a sus posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas
que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que
estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada
competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o
administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en
el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las personas que ejerzan
tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán
especial atención en el cumplimiento del presente Código ético y de conducta en los siguientes aspectos y
fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o regional aplicable en la
materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
Elegibilidad de los gastos.
Contratación pública.
Regímenes de ayuda.
Información y publicidad.
Medio Ambiente.
Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de los fondos del MRR
ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio que implica claridad y veracidad en el
tratamiento y difusión de cualquier información o datos que se den a conocer, tanto interna como
externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello sin comprometer,
de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser considerada sensible por razones de
interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de concesión de ayudas
financiadas por los fondos del MRR.
Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
4. El cumplimiento del principio de transparencia no irá en detrimento del correcto uso que el personal debe
de hacer de aquella información considerada de carácter confidencial, como pueden ser datos personales o
información proveniente de empresas y otros organismos, debiendo abstenerse de utilizarla en beneficio
propio o de terceros, en pro de la obtención de cualquier trato de favor o en perjuicio del interés público.
5. Existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo por parte del personal empleado
público de las funciones relacionadas con los fondos del MRR, se vea comprometido por razones familiares,
afectivas, de afinidad política, de interés económico o por cualquier otro motivo, con los beneficiarios de las
actuaciones cofinanciadas.
Un conflicto de intereses surge cuando una o un empleado público puede tener la oportunidad de anteponer
sus intereses privados a sus deberes profesionales.
Se tendrá especial cuidado en que no se produzcan conflictos de intereses en el personal empleado público
relacionado con los procedimientos de "contratación" y "concesión de ayudas públicas", en operaciones
financiadas por fondos del MRR.
A) Contratación pública.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega
a sus posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas
que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que
estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada
competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o
administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en
el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las personas que ejerzan
tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán
especial atención en el cumplimiento del presente Código ético y de conducta en los siguientes aspectos y
fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o regional aplicable en la
materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
Elegibilidad de los gastos.
Contratación pública.
Regímenes de ayuda.
Información y publicidad.
Medio Ambiente.
Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de los fondos del MRR
ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio que implica claridad y veracidad en el
tratamiento y difusión de cualquier información o datos que se den a conocer, tanto interna como
externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello sin comprometer,
de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser considerada sensible por razones de
interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de concesión de ayudas
financiadas por los fondos del MRR.
Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
4. El cumplimiento del principio de transparencia no irá en detrimento del correcto uso que el personal debe
de hacer de aquella información considerada de carácter confidencial, como pueden ser datos personales o
información proveniente de empresas y otros organismos, debiendo abstenerse de utilizarla en beneficio
propio o de terceros, en pro de la obtención de cualquier trato de favor o en perjuicio del interés público.
5. Existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo por parte del personal empleado
público de las funciones relacionadas con los fondos del MRR, se vea comprometido por razones familiares,
afectivas, de afinidad política, de interés económico o por cualquier otro motivo, con los beneficiarios de las
actuaciones cofinanciadas.
Un conflicto de intereses surge cuando una o un empleado público puede tener la oportunidad de anteponer
sus intereses privados a sus deberes profesionales.
Se tendrá especial cuidado en que no se produzcan conflictos de intereses en el personal empleado público
relacionado con los procedimientos de "contratación" y "concesión de ayudas públicas", en operaciones
financiadas por fondos del MRR.
A) Contratación pública.
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