Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Transición Ecológica (Badajoz). (06601/2023)
Bases reguladoras del programa de ayudas destinadas a asociaciones, clubes y entidades deportivas de Montijo para el desarrollo y promoción de su actividad deportiva 2023
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 6601/2023

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que cumple y acepta las condiciones del Programa de Ayudas previstas en las bases específicas reguladoras de la misma.
No se halla incurso en ninguna de las prohibiciones que para ser beneficiario se establecen en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular:
- No ha sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones o ayudas públicas.
- No ha solicitado la declaración de concurso, ni ha sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, ni
se halla declarado en concurso, ni está sujeto a intervención judicial, ni se encuentra inhabilitado conforme a
Ley Concursal.
- No ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier
contrato celebrado con la Administración.
- No estar incurso la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que
ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de
11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la
Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al
servicio de las Administraciones Públicas, ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley
Orgánica 5/1985 de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma o en
la normativa autonómica que regule estas materias.
- No ha sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
según lo previsto en la Ley General de Subvenciones o en la Ley General Tributaria.
- No tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- No está incurso en la causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica
1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Que se haya al corriente:
1.º.- De sus obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria.
2.º.- De sus obligaciones con la Seguridad Social.
3.º.- De sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Montijo.
No tiene pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Declaración que se realiza para que surta efectos ante el Excmo. Ayuntamiento de Montijo, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y resto de normativa de aplicación.
En Montijo, a ___ de _______________ de 2023.

Fdo.: _________________________________.»
En Montijo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Javier Cienfuegos Pinilla.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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