Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Área de Transición Ecológica (Badajoz). (06642/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Navalvillar de Pela (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de octubre de 2023, acordó la aprobación de la
modificación Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, publicada en el BOP número 198 anuncio
5589/2023 del 17 de octubre de 2023, y transcurrido el período de información pública y audiencia a los interesados, sin
que durante el mismo se haya presentado reclamación o sugerencia a la misma, citado acuerdo se entiende adoptado
definitivamente, procediendo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, a la publicación de su texto íntegro:
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.
Antecedentes:
Se procede a la modificación de la letra a) del apartado 3) del artículo 9, tipo de gravamen general de bienes los inmuebles
de naturaleza urbana.
Artículo 9.- Cuota tributaria, tipo de gravamen y recargo.
3.- Los tipos de gravamen aplicables en este municipio serán los siguientes:
a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: Tipo de gravamen general: 0,70%.
Disposición derogatoria:
La presente Ordenanza deroga y modifica la letra a) del apartado 3 del Artículo 9, cuota tributaria, tipo de gravamen y
recargo de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, publicada el 7 de diciembre de 2017, en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Disposición final:
La presente Ordenanza fiscal, que fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento con carácter provisional en sesión
celebrada el día 11 de octubre de 2023 y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,
permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
En Navalvillar de Pela, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Javier Fernández Cano.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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