Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06628/2023)
Modificación del régimen de dedicación parcial de concejales
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Ayuntamiento de Llerena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llerena
Llerena (Badajoz)
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Modificación del régimen de dedicación parcial de concejales

Se pone en conocimiento que el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día treinta de
noviembre de dos mil veintitrés, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"3.- MODIFICACIÓN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN DE TRES CONCEJALES.Se da cuenta de lo tratado por la Comisión informativa municipal permanente de hacienda, patrimonio, urbanismo, obras
públicas, desarrollo rural, economía, consumo, empresa, comercio y hostelería en su sesión de fecha 27 de octubre de 2023.
…/…
Finalizadas las intervenciones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 93 y 97 del Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, se somete a votación del Ayuntamiento Pleno la referida proposición, siendo esta aprobada en los términos que a
continuación se relacionan con los votos a favor de los Concejales del Grupo Popular (9) y los votos en contra de los Ediles
del Grupo Socialista (3) y del Grupo de Unidas por Llerena (1):
Visto que, el Pleno Corporativo, en su sesión extraordinaria organizativa celebrada el día 26 de junio de 2023, adoptó
acuerdo relativo al régimen de dedicación de una serie de Concejales, y ello en base a las previsiones contenidas en el
artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con su artículo 75.1 bis.
Considerando que, habiendo transcurrido unos meses desde el comienzo de la presente legislatura, se ha constando la
necesidad de modificar el régimen de dedicaciones parciales de tres concejales para un adecuado seguimiento y atención
por parte de tales miembros corporativos de las áreas en las cuales tienen atribuidas delegaciones genéricas o delegaciones
especiales para cometidos específicos, redundado en la eficiencia de la gestión de los intereses vecinales, se acuerda:
Primero.- Modificar el régimen de dedicación parcial de los concejales que a continuación se relacionan, quedando en los
siguientes términos:
1.- Don Antonio Calvo Soto, Concejal de este Ayuntamiento, al 75% de la jornada habitual (30 horas
semanales), que percibirá catorce pagas anuales en concepto de retribuciones por la cantidad bruta mensual
de mil doscientos euros (1.200,00 €) y la asunción por la Corporación del pago de la cuota empresarial del
régimen de la Seguridad Social correspondiente, conforme establece referido artículo 75.1 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril.
2.- Don Enrique Mateos Ortiz, Concejal de este Ayuntamiento, al 45% de la jornada habitual (18 horas
semanales), que percibirá catorce pagas anuales en concepto de retribuciones por la cantidad bruta mensual
de seiscientos euros (600,00 €) y la asunción por la Corporación del pago de la cuota empresarial del régimen
de la Seguridad Social correspondiente, conforme establece referido artículo 75.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril.
Segundo.- Reconocer la dedicación parcial a la siguiente Edil:
- Doña Virginia Pérez Bernabé, Concejal de este Ayuntamiento, al 40% de la jornada habitual (16 horas
semanales), que percibirá catorce pagas anuales en concepto de retribuciones por la cantidad bruta mensual
de quinientos euros (500,00 €) y la asunción por la Corporación del pago de la cuota empresarial del régimen
de la Seguridad Social correspondiente, conforme establece referido artículo 75.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril.
Tercero.- Las cantidades señaladas en el acuerdo primero y segundo se actualizarán en función de lo que esta Corporación
aplique en su caso al personal a su servicio de conformidad con lo que disponga la Ley de Presupuestos Generales del
Estado de cada ejercicio.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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