Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (06583/2023)
Resolución de concesión de anticipos reintegrables de la 10ª Convocatoria del Fondo Extraordinario de Anticipos Reintegrables a entidades locales de la Provincia de Badajoz
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su transcripción al Libro Electrónico de Resoluciones, y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
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artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.- El Presidente del OAR; Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Miranda."
Lo que se notifica a los efectos oportunos, informando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía
administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, podrá interponerse, potestativamente recurso
de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al
de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso dentro del plazo de 2 meses, a contar desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común y a los artículos 8, 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Vicepresidente del OAR, Manuel Gómez Parejo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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