Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (06532/2023)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del programa de Escuela Profesional Dual de Empleo "Castuera Activa"
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Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 6532/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Castuera
Castuera (Badajoz)
Anuncio 6532/2023
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del programa de Escuela Profesional Dual de Empleo "Castuera
Activa"

APROBACIÓN INICIAL
Aprobado inicialmente el Reglamento de régimen interno del programa de escuela profesional dual de empleo "Castuera
Activa". Ayuntamiento de Castuera, por acuerdo del Pleno de fecha 24 de noviembre de 2023, de conformidad con los
artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de
Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de
este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se
estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://castuera.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de
aprobación de la mencionada Ordenanza.
La cual, se trascribe literal, a continuación:
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROGRAMA DE ESCUELA PROFESIONAL DUAL DE EMPLEO "CASTUERA ACTIVA"
AYUNTAMIENTO DE CASTUERA
INTRODUCCIÓN
El Programa de escuelas profesionales duales de empleo de Extremadura consiste en el desarrollo de proyectos que
combinan el aprendizaje y la cualificación con el trabajo efectivo en actividades de utilidad pública o interés social, junto a la
adquisición de competencias básicas y genéricas, para la mejora de la empleabilidad de las personas participantes, a través
de la profesionalización, el acompañamiento y la adquisición de experiencia, con el objetivo último de facilitar su inserción
laboral.
Con la divulgación del presente documento, de carácter orientativo y entendido como una propuesta de mínimos, en
cumplimiento de lo que se establece en la normativa por el que se regulan estos programas, se pretende conseguir la
interiorización de unas normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de
quienes integran el proyecto.
El presente Reglamento pretende servir de norma, que articule dentro de la legalidad vigente aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal de los programas de escuela profesional dual de empleo
estableciendo las normas de funcionamiento y coordinación entre los que componen la misma.
TÍTULO PRIMERO - OBJETO
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
La presente normativa será de aplicación a la totalidad de los programas de escuela profesional dual de empleo (personal
directivo, docente y de apoyo y alumnado trabajador) y vinculará a la entidad promotora (Ayuntamiento de Castuera), sin
perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los programas, el Estatuto de los Trabajadores, los
convenios colectivos suscritos por la entidad promotora y demás legislación aplicable. Se plasma por escrito para general
conocimiento y constancia de su existencia a la hora de proceder durante el plazo de duración del mismo.
Artículo 2.- Condiciones del alumno/a-trabajador/a.
Define la condición de alumno/a-trabajador/a de los programas de escuela profesional dual de empleo, el mantener con el
Ayuntamiento de Castuera (en adelante "entidad promotora") una relación regulada formalmente por un contrato de
trabajo de formación en alternancia, que tiene por objeto la cualificación profesional en régimen de alternancia, por lo que
son considerados trabajadores, sin perder la condición de alumnado, en ningún caso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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