Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06548/2023)
Bases reguladoras para la convocatoria extraordinaria del Plan Cohesiona, "Diputación Contigo" de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz para el ejercicio 2023
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 6548/2023
aplicable al efecto.
Sexto.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria que se celebre en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente, ante el mismo órgano que lo hubiera
dictado.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D., el Diputado Delegado del Área de Infraestructuras, Movilidad y
Ordenación del Territorio, decreto (01/07/2023) BOP (03/07/2023), Abel González Ramiro.
A continuación se recogen los importes de la convocatoria, especificando para cada una de las entidades locales
beneficiarias, las cantidades a subvencionar por Diputación, el importe de la cuota de corresponsabilidad a aportar por las
entidades locales, así como, las cantidades totales:
ANEXO I
N.º
Entidad beneficiaria
Aportación Diputación (€)
Aportación Ayuntamiento (€)
Total (€)
1
Acedera
50.000,00
5.000,00
55.000,00
2
Aceuchal
119.675,00
35.902,50
155.577,50
3
Ahillones
50.000,00
5.000,00
55.000,00
4
Alange
59.200,00
11.840,00
71.040,00
5
Albuera, La
59.200,00
11.840,00
71.040,00
6
Alburquerque
119.675,00
35.902,50
155.577,50
7
Alconchel
59.200,00
11.840,00
71.040,00
8
Alconera
50.000,00
5.000,00
55.000,00
9
Aljucen
50.000,00
5.000,00
55.000,00
10
Almendral
50.000,00
10.000,00
60.000,00
11
Arroyo de San Serván
101.350,00
25.337,50
126.687,50
12
Atalaya
50.000,00
5.000,00
55.000,00
13
Azuaga
160.356,00
48.106,80
208.462,80
14
Barbaño, ELM
50.000,00
5.000,00
55.000,00
15
Barcarrota
86.125,00
21.531,25
107.656,25
16
Baterno
50.000,00
5.000,00
55.000,00
17
Benquerencia de la Serena
50.000,00
5.000,00
55.000,00
18
Berlanga
59.200,00
11.840,00
71.040,00
19
Bienvenida
59.200,00
11.840,00
71.040,00
20
Bodonal de la Sierra
50.000,00
10.000,00
60.000,00
21
Burguillos del Cerro
76.175,00
19.043,75
95.218,75
22
Cabeza del Buey
117.050,00
29.262,50
146.312,50
23
Cabeza la Vaca
51.840,00
10.368,00
62.208,00
24
Calamonte
128.415,00
38.524,50
166.939,50
25
Calera de León
50.000,00
5.000,00
55.000,00
26
Calzadilla de los Barros
50.000,00
5.000,00
55.000,00
27
Campanario
119.675,00
29.918,75
149.593,75
28
Campillo de Llerena
53.000,00
10.600,00
63.600,00
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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aplicable al efecto.
Sexto.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria que se celebre en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente, ante el mismo órgano que lo hubiera
dictado.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D., el Diputado Delegado del Área de Infraestructuras, Movilidad y
Ordenación del Territorio, decreto (01/07/2023) BOP (03/07/2023), Abel González Ramiro.
A continuación se recogen los importes de la convocatoria, especificando para cada una de las entidades locales
beneficiarias, las cantidades a subvencionar por Diputación, el importe de la cuota de corresponsabilidad a aportar por las
entidades locales, así como, las cantidades totales:
ANEXO I
N.º
Entidad beneficiaria
Aportación Diputación (€)
Aportación Ayuntamiento (€)
Total (€)
1
Acedera
50.000,00
5.000,00
55.000,00
2
Aceuchal
119.675,00
35.902,50
155.577,50
3
Ahillones
50.000,00
5.000,00
55.000,00
4
Alange
59.200,00
11.840,00
71.040,00
5
Albuera, La
59.200,00
11.840,00
71.040,00
6
Alburquerque
119.675,00
35.902,50
155.577,50
7
Alconchel
59.200,00
11.840,00
71.040,00
8
Alconera
50.000,00
5.000,00
55.000,00
9
Aljucen
50.000,00
5.000,00
55.000,00
10
Almendral
50.000,00
10.000,00
60.000,00
11
Arroyo de San Serván
101.350,00
25.337,50
126.687,50
12
Atalaya
50.000,00
5.000,00
55.000,00
13
Azuaga
160.356,00
48.106,80
208.462,80
14
Barbaño, ELM
50.000,00
5.000,00
55.000,00
15
Barcarrota
86.125,00
21.531,25
107.656,25
16
Baterno
50.000,00
5.000,00
55.000,00
17
Benquerencia de la Serena
50.000,00
5.000,00
55.000,00
18
Berlanga
59.200,00
11.840,00
71.040,00
19
Bienvenida
59.200,00
11.840,00
71.040,00
20
Bodonal de la Sierra
50.000,00
10.000,00
60.000,00
21
Burguillos del Cerro
76.175,00
19.043,75
95.218,75
22
Cabeza del Buey
117.050,00
29.262,50
146.312,50
23
Cabeza la Vaca
51.840,00
10.368,00
62.208,00
24
Calamonte
128.415,00
38.524,50
166.939,50
25
Calera de León
50.000,00
5.000,00
55.000,00
26
Calzadilla de los Barros
50.000,00
5.000,00
55.000,00
27
Campanario
119.675,00
29.918,75
149.593,75
28
Campillo de Llerena
53.000,00
10.600,00
63.600,00
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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