Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Servicios Vegas Altas IV (Vivares). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06441/2023)
Aprobación definitiva del expediente de suplemento de crédito financiado con cargo a remanente líquido de tesorería
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Mancomunidad de Servicios Vegas Altas IV

Anuncio 6441/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad de Servicios Vegas Altas IV
Vivares (Badajoz)
Anuncio 6441/2023
Aprobación definitiva del expediente de suplemento de crédito financiado con cargo a remanente líquido de tesorería

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON CARGO A REMANENTE LÍQUIDO
DE TESORERÍA
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido
de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del
artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos:

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales
(€)

Progr. Económica
920

13100

Retribución personal (trienios)

920

22002

920
920

Suplemento de
crédito (€)

Créditos finales
(€)

52.562,00

2.100,00

54.662,00

Material informático no
inventariable

300,00

655,90

955,90

22001

Comunicaciones postales

500,00

100,00

600,00

22706

Estudios y trabajos técnicos

200,00

170,00

370,00

53.562,00

3.025,90

56.587,90

Total:

Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplemento en concepto de ingresos:

Aplicación económica

Descripción

Cap.

Art.

Conc.

8

87

8700

Remanente líquido de tesorería
Total ingresos:

Euros
3.025,90
3.025,90

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Mérida, en el plazo de dos meses a contar
desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Vivares, a fecha de la firma digital.- El Presidente de la Mancomunidad, Jairo Pino Mendoza.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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